Tribunales.-Condenado por conducir triplicando el límite máximo de alcohol y chocar contra la barrera de la vía

Europa Press

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La Audiencia de Sevilla ha elevado de 729 a 1.385,31 euros, la cuantía que ha de abonar a la Junta de Andalucía un varón condenado por conducir casi triplicando el límite máximo de alcohol al volante, situación en la que este conductor impactó contra la barrera de protección del tramo de la carretera autonómica A-472 correspondiente a Sanlúcar la Mayor, arrancando "cuatro postes de sujeción" de esta vía perteneciente a la Administración andaluza.

En una sentencia emitida el pasado 15 de mayo y recogida por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación de un varón, contra una sentencia inicial del Juzgado de lo Penal número seis, que le condena a una multa de 1.260 euros y un año y medio de retirada del permiso de conducir, por un delito contra la seguridad del tráfico; así como a indemnizar a la Junta con 729 euros.

En concreto, el Juzgado de lo Penal número seis declaró probado que sobre las 22,20 horas del 9 de febrero de 2021, el acusado, vecino de Huévar del Aljarafe, circulaba con su vehículo modelo Renault Latitude por la carretera A-472 de Sanlúcar la Mayor, "después de haber ingerido tal cantidad de alcohol que, practicada una primera prueba de detección a las 22,57 horas, arrojó un resultado positivo de 0,66 miligramos de alcohol por litro de aire espirado; y a las 23,11 horas de 0,70, cifras ambas sin apreciar margen de error".

Además, el juzgado declaró probado que "los agentes de la Guardia Civil constataron en el acusado síntomas de encontrarse bajo los efectos del alcohol, como estar especialmente cansado, rostro pálido, apatía y halitosis notoria a distancia"; además de que "como consecuencia del estado en el que el acusado circulaba, se produjo un siniestro que provocó unos daños consistentes en desplazamiento y deformación de la barrera lateral semirrígida de protección del margen derecho y arrancamiento de cuatro postes de sujeción", desperfectos tasados en 729 euros.

La sentencia fue recurrida por la Junta de Andalucía, que alegaba que "se han valorado menos metros de valla que los que fueron dañados", asegurando que el importe a satisfacer a su favor ascendería a 2.417 euros; si bien la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha estimado sólo en parte su recurso, declarando que la cuantía a pagar por el condenado a la Junta de Andalucía se eleva a 1.385,31 euros.

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