'Línea Editorial'

Un debate confuso: la prisión permanente revisable

La prisión permanente revisable solo puede imponerse en casos de excepcional gravedad, como los crímenes de lesa humanidad.

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Sigue abierto el debate sobre la prisión permanente revisable, aprobada en la anterior legislatura y que ahora es objeto de una ofensiva parlamentaria que pretende derogarla. Es importante aclarar que la posibilidad de revisión de esa pena supone abrir la puerta a la reinserción una vez cumplida la condena mínima que exige la ley, y siempre que se den las condiciones de arrepentimiento y regeneración necesarias. Para verificar esto es necesaria la deliberación de un Tribunal especial que valore la situación personal del preso. Eso pertenece al espíritu de nuestra Constitución y a la tradición humanista de raíz cristiana.

La prisión permanente revisable solo puede imponerse en casos de excepcional gravedad, como los crímenes de lesa humanidad. Este parece ser el caso de la muerte de la joven Diana Quer que ha desencadenado una oleada de indignación popular con el recuerdo de otros hechos similares en los últimos años. Ahora, una iniciativa del PNV apoyada por los grupos de oposición pretende derogar la ley, frente a un creciente movimiento social que pide su mantenimiento. Hay argumentos jurídicos para defender posturas favorables y contrarias a la ley. Lo importante es que el debate no caiga en simplificaciones ideológicas, y haga cuentas, por un lado, con la necesidad de proteger a la sociedad frente a crímenes horrendos, y por otro, con el irrenunciable valor de la reinserción.

Herrera en COPE

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