Los plazos de Díaz Ayuso para volver a ser investida presidenta en la Comunidad de Madrid

En medio de un ambiente de celebración tras los resultados, se pone en marcha la maquinaria para constituir una nueva Asamblea de Madrid

Los plazos de Díaz Ayuso para volver a ser investida presidenta en la Comunidad de Madrid

Patricia Blázquez Serna

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

El día después de las elecciones madrileñas queda marcado precisamente por esa resaca post-electoral, marcada por una victoria arrolladodora de Isabel Díaz Ayuso, el 'sorpasso' de Más Madrid al PSOE de Ángel Gabilondo, la debacle de Podemos y la desaparición de Ciudadanos de la Asamblea de Madrid.

Ahora, en medio de un ambiente de celebración por los resultados obtenidos, se pone en marcha la maquinaria para constituir la nueva Asamblea de Madrid con unos plazos que tienen como fecha límite el 8 de septiembre para constituir una nueva Cámara en la comunidad.

Sede del Partido Popular, resultados electorales

EFE/David Mudarra

Constitución de la Asamblea de Madrid

Cuando se decretó la convocatoria de unas nuevas elecciones autonómicas en la Comunidad de Madrid, se fijó el 8 de junio a las diez de la mañana como fecha para constituir la Asamblea de Madrid. Será la primera vez que coincidan los 136 diputados elegidos en las urnas el pasado martes, lo que convierte a la Asamblea de Madrid en el parlamento autonómico con el mayor número de diputados del país,

El próximo 8 de junio, todos los parlamentarios deberán elegir por votación a los miembros de la Mesa de la Asamblea, que se dividirá a su vez en siete puestos, en los que se incluye el presidente de la Cámara.

Una vez designados los miembros de la Mesa, comenzará el proceso para que Isabel Díaz Ayuso pueda ser elegida presidenta de la Comunidad de Madrid.

Propuesta de un candidato

La Presidencia de la Asamblea de la región deberá proponer a uno de los diputados como candidato tras haberlo consultado previamente con los representantes designados por los diversos grupos parlamentarios.

Tendrá que ser en un pazo máximo de quince días hábiles desde que se constituya la nueva Asamblea, es decir, antes del 29 de junio como máximo. Una vez formalizada la propuesta, se fijará la fecha de celebración de la investidura y se convocará un pleno para ello, que deberá ser como muy tarde el día ocho de julio.

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Aparentemente, no debería dilatarse más allá de esa fecha, que podría distar mucho de lo que ocurrió en el año 2019, cuando ningún candidato recabó los apoyos necesarios para que pudiera fijarse un pleno de investidura.

Pleno de investidura

Según el reglamento de la Asamblea de Madrid, para que pueda haber una invesidura deberá haber, en primer lugar, una primera votación donde se necesita la mayoría absoluta. De no conseguirla (recordamos que la mayoría está actualmente en los 69 diputados), habrá una segunda votación a los dos días en la que bastaría con una mayoría simple para poder investiur un nuevo presidente.

Tras conocer los resultados electorales, VOX adelantó que facilitaría la investidura de la candidata del Partido Popular. Con estos apoyos, Díaz Ayuso conseguiría la presidencia.

Una vez se celebre la primera sesión de investidura, se activará un plazo de dos meses para que se proclame a un nuevo presidente. En el caso de que expirara el plazo sin haberlo logrado, se disvolverían las Cortes y sería necesario convocar nuevas elecciones.

En otras palabras, si llegado el día ocho de septiembre no hay todavía Gobierno en la Comunidad de Madrid, los madrileños estarían llamados a votar, una vez más, en las urnas.

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