¿Pueden las aseguradoras no hacerse cargo de daños por un siniestro como el de la calle Toledo?

Muchos vecinos denuncian que no cubren los daños en las viviendas o el alojamiento hasta que puedan volver a sus casas

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Diego Silva, Asesor de Seguros del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid, sobre los daños

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Si la aseguradora no se hace cargo de la cobertura de daños debe indicar “sobre qué anexo del condicionado general basan esa información”, explica a COPE, Diego Silva, Asesor de Seguros del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid. Y es que lo habitual es que las pólizas estándar del mercado den cobertura a la reparación de daños, aunque “puede haber excepciones”.

Si no se tiene ninguna de estas garantías, tendría que ser el propio afectado el que reclamara directamente a la compañía aseguradora del causante del siniestro. “No es lo más recomendable”, explica Silva, porque la información entre compañías es más ágil y la solución al problema también.

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¿Pueden las aseguradoras no hacerse cargo de daños por un siniestro como el de la calle Toledo?

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Al menos una veintena de vecinos de la calle Toledo todavía no han podido volver a sus casas debido a los daños provocados por la explosión de gas del pasado día 20 en el edificio del número 98. Deben dejar el hotel al que fueron trasladados tras el suceso y muchos aseguran que sus seguros no cubren el alojamiento temporal.

Muchas pólizas de comunidad disponen de cobertura de alojamiento temporal en caso de un siniestro, pero si no es así, Silva recomienda hacerlo de manera particular. “Habitualmente se recurre a un hotel, apartahotel o una vivienda de alquiler por meses en los que, si además hay gasto de comida también se podrían incluir en la reclamación porque se entiende que el alojamiento no dispone de las mismas facilidades que su vivienda habitual”.

Todo ello apoyado con facturas y “siempre que sean gastos justificables, algo más complicado si se opta por acudir a la vivienda de un familiar ya que en esos casos, al no ser justificable, al no haber una factura que justifique el gasto, la compañía entiende que no hay un perjuicio económico y no daría lugar a una indemnización”, explica a COPE.

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Diego Silva, Asesor de Seguros del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid

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Silva recomienda acudir a la compañía de seguros aunque carezca de cobertura porque puede ofrecer asesoramiento. Y ante cualquier duda, recurrir al Defensor del Asegurado, una figura independiente con la que cuenta cada compañía de seguros y que se puede localizar en el condicionado de nuestra propia póliza o a través de una búsqueda en internet. El Defensor del Asegurado” analizará el siniestro y si hay algún error de forma o una cobertura que no se ha visto correctamente, se le daría respuesta”, explica Diego Silva.

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