Estas son las multas por infringir las normas de paseo con niños

El incumplimiento podría conllevar sanciones de hasta 30.000 euros, aunque se debe atender al caso concreto para modularlas

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El domingo, tras 42 días confinados en casa, los niños han podido salir a la calle. En total, estaban facultados para hacerlo seis millones de menores de entre 0 y 13 años, entre las 9.00 y las 21.00 horas, acompañados de un adulto y en un radio de un kilómetro de su casa, según la orden emitida por el Ministerio de Sanidad.

Casi al mismo tiempo que los menores salían a la calle, en las redes sociales algunos ciudadanos denunciaban cómo el permiso para pasear con ellos se estaba convirtiendo en una salida masiva de familias.

Y es que, en algunos vídeos e imágenes de estas salidas a la vía pública se aprecia cómo ciertos ciudadanos no respetan las normas marcadas para pasear con niños, como por ejemplo salir solo con un adulto que se haga cargo del menor, o no guardar las distancias de seguridad, que son el mejor antídoto contra el nuevo coronavirus.

EL IMPORTE DE LAS SANCIONES

Sin embargo, estas acciones están castigadas en la Ley de Seguridad Ciudadana. El incumplimiento podría conllevar sanciones de hasta 601 euros en caso de salir con los niños antes o después del toque de queda -el horario permitido es de 9.00 a 21.00 horas-; salir con un número de niños superior a los tres permitidos; acceder a parques infantiles; o estar a más de 1 kilómetro de distancia del domicilio.

Además, las multas podrían llegar hasta los 1.500 euros si se aprovecha el paseo con el niño para reunirse con otros padres o madres de otros niños a charlar o compartir el paseo. También podría aumentar la sanción si el paseo se hace a muchos kilómetros de distancia de la vivienda, visitando algún lugar periférico.

Son los artículos 34 y siguientes de la norma los que clasifican las infracciones en muy graves, graves o leves, y el artículo 39 el que establece el importe de las sanciones que les corresponde a cada una de ellas. De hecho, el artículo 36.6 considera una infracción grave la "desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones", lo que sanciona con con multa de 601 a 30.000 euros.

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