La explotación del grupo 'Parchís': ¿Podría repetirse en la actualidad?

La legislación regula el trabajo infantil en el ámbito de los espectáculos

La explotación del grupo 'Parchís': ¿Podría repetirse en la actualidad?

José Melero CamposJavi García

Publicado el - Actualizado

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Cuarenta años después de la constitución del grupo infantil ‘Parchís’, el debate sigue vigente: ¿hubo explotación laboral hacia sus integrantes, que oscilaban entre los ocho y los doce años de edad? Desde luego, la legislación actual española lo prohibiría. Y es que pasaron de ser niños a máquinas de generar dinero.

Tino, Yolanda, Gemma, Óscar y David vendieron un total de quince millones de discos en todo el mundo. Lo curioso de todo esto es que los protagonistas apenas veían dinero por aquello. Los que le acompañaban, relataban que la explotación era insufrible (uno de los integrantes se vio obligado a retirarse). Llegaban a rodar una película por la mañana y por la tarde actuar hasta en dos ocasiones en un circo.

Ante esta situación, es conveniente repetir la pregunta: ¿fenómenos como el de ‘Parchís’ podría repetirse en la actualidad? Complicado, teniendo en cuenta que desde 1995 está regulado a través del Estatuto de trabajadores y el Ministerio de Trabajo que la edad mínima para trabajar es de 16 años, incluidos los trabajos por cuenta propia. De esta manera, la ley prohíbe la admisión al trabajo a los menores de 16 años salvo con un permiso especial para espectáculos públicos, y detalla que los menores de 18 no pueden realizar tareas nocturnas, trabajar más de ocho horas diarias, hacer horas extras o participar en actividades nocivas que atenten contra su dignidad y salud.

En el ámbito artístico, la responsable de ‘Blanco de la Parra Abogados’, María Victoria Blanco de la Parra, ha explicado que la legislación es especial: “Para trabajar en espectáculos, el artista no puede ser menor de cuatro años. Es una legislación estricta, que precisa de una autorización especial por parte de la autoridad laboral. No pueden trabajar más de cinco horas al día, con dos sesiones diarias como máximo, y siempre que haya media hora de descanso entre cada una de ellas.”

Para evitar que se produzcan los abusos, el menor debe ir acompañado de un tutor familiar o un miembro de la empresa que velen por sus intereses: “Por supuesto, las actuaciones no pueden alterar los estudios. Y ningún espectáculo puede tener contenido pornográfico.”

La letrada asegura que en líneas generales la legislación al respecto se cumple: “La Inspección de Trabajo ha detectado un total de 19 casos de explotación infantil en 2018, pero más vinculada a las tareas agrícolas, y normalmente las víctimas son de origen africano o de Europa del Este.”

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El problema está cuando estos artistas que no cuentan con la mayoría de edad salen del país para cumplir con sus compromisos: “Es más difícil de controlar, pero en España hay herramientas más que suficientes para evitar los abusos.” En caso de que el tutor del menor incumpla la ley, podría perder la patria potestad.  

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