EDUCACIÓN REFORMA (Previsión)

Las nuevas claves de la ley Celaá

La Comisión de Educación del Congreso vota este viernes el dictamen de la reforma de la Lomloe o ley Celaá que incluye novedades que han creado polémica al afectar al castellano como lengua vehicular en la educación o al papel de la enseñanza concertada, entre otras.,Las enmiendas al articulado de los diversos grupos parlamentarios han provocado cambios al proyecto que presentó en su día el Ministerio dirigido por Isabel Celaá, en especial las que ha

Agencia EFE

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Pilar Rodríguez Veiga.

La Comisión de Educación del Congreso vota este viernes el dictamen de la reforma de la Lomloe o ley Celaá que incluye novedades que han creado polémica al afectar al castellano como lengua vehicular en la educación o al papel de la enseñanza concertada, entre otras.

Las enmiendas al articulado de los diversos grupos parlamentarios han provocado cambios al proyecto que presentó en su día el Ministerio dirigido por Isabel Celaá, en especial las que han sido acordadas entre PSOE, Unidas Podemos y ERC.

Afectan a temas relacionados con la lengua, ya que el castellano deja de ser vehicular en la enseñanza, o a la oferta de plazas, ya que se quita peso a las concertadas. Novedades que han sido criticadas duramente por PP, Ciudadanos y Vox.

A continuación se resumen algunas de las nuevas claves incorporadas al informe de la ponencia de la Comisión de Educación sobre la ley Celaá, al que ha tenido acceso Efe, que consta de 112 páginas y sobre el que se ha trabajado en cinco reuniones entre el 20 de octubre y el pasado 5 de noviembre:

- CONOCIMIENTO DE LA HISTORIA DE LA DEMOCRACIA: los alumnos deberán adquirir un conocimiento profundo de la historia de la democracia en España desde sus orígenes hasta la actualidad con el fin de asentar los valores cívicos y contribuir en la formación de ciudadanos más libres, tolerantes y con sentido crítico. Deberá plantearse desde una perspectiva de género.

- CASTELLANO: las administraciones garantizarán el derecho de los alumnos a recibir enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con la Constitución, los estatutos de autonomía y la normativa aplicable. Al finalizar la educación básica, los alumnos deberán alcanzar el dominio pleno y equivalente en la lengua castellana y, en su caso, en la lengua cooficial correspondiente.

- LENGUA PROPIA: en el área de Lengua propia y Literatura, en aquellas comunidades que posean dicha lengua propia con carácter oficial podrán establecerse exenciones de cursar o de ser evaluados de dicha área. Lengua propia y Literatura recibirá el tratamiento que las comunidades afectadas determinen, garantizando en todo caso el objetivo de competencia lingüística suficiente en ambas lenguas oficiales.

- SEPARACIÓN DE ALUMNOS POR SEXO: los centros sostenidos parcial o totalmente con fondos públicos desarrollarán el principio de coeducación en todas las etapas educativas y no separarán al alumnado por su género.

- IGUALDAD DE GÉNERO: las administraciones impulsarán el incremento de alumnas en estudios del ámbito de las ciencias, tecnología, ingeniería, artes y matemáticas y en las enseñanzas de FP con menor demanda femenina. Del mismo modo promoverán la presencia de alumnado masculino en estudios con notoria mayor matrícula de mujeres. Los currículos y los libros de texto y demás materiales educativos no contendrán estereotipos sexistas.

- EDUCACIÓN AFECTIVO-SEXUAL: se fomentará de manera transversal la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual. En concreto, en primaria se propone conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la no discriminación de personas por motivos de etnia, orientación o identidad sexual, religión o creencias, discapacidad u otras condiciones.

- CRITERIOS PARA LA ADMISIÓN DE ALUMNOS: cuando no existan plazas suficientes, el proceso de admisión se regirá por los criterios prioritarios de existencia de hermanos matriculados en el centro, proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres y la renta per cápita familiar.

- COMISIONES DE ADMISIÓN: las sdministraciones educativas podrán constituir comisiones u órganos de garantías de admisión cuando la demanda de plazas supere la oferta. Velarán por la presencia equilibrada del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo o que se encuentre en situación socioeconómica desfavorecida entre los centros sostenidos con fondos públicos.

- ELIMINAR CUOTAS EN CONCERTADOS: los centros públicos o privados concertados no podrán percibir cantidades de las familias por recibir las enseñanzas de carácter gratuito, imponer a las familias la obligación de hacer aportaciones a fundaciones o asociaciones ni establecer servicios obligatorios, asociados a las enseñanzas, que requieran aportación económica por parte de las familias.

- SUELO PARA CENTROS PÚBLICOS: se promoverá un incremento progresivo de puestos escolares en la red de centros de titularidad pública. Los municipios cooperarán con las administraciones educativas en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes públicos.

- PLAZAS EN INFANTIL: las administraciones incrementarán progresivamente la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de infantil, de 0 a 3 años. El segundo ciclo de infantil será gratuito, y las administraciones garantizarán una oferta suficiente de plazas en centros públicos y concertarán con centros privados. Se promoverá la existencia de centros públicos que incorporen Infantil con otras etapas educativas posteriores.

En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, se elaborará un plan de ocho años para la extensión del primer ciclo de infantil hacia una oferta pública suficiente.

- REPETICIÓN DE CURSO: los alumnos promocionarán de curso cuando el equipo docente considere que las materias no superadas le permita seguir con éxito el curso siguiente. En todo caso, promocionarán quienes hayan alcanzado los objetivos de las materias o tengan evaluación negativa en una o dos materias. La permanencia en el mismo curso se considerará excepcional. El alumno podrá permanecer en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo a lo largo de la enseñanza obligatoria.

- CERTIFICACIÓN EN SECUNDARIA: todos los alumnos recibirán al concluir la ESO una certificación oficial en la que constará el número de años cursados y el nivel de adquisición de las competencias de la etapa.

- INSPECTORES: en la fase de concurso se valorará la trayectoria profesional de los candidatos y sus méritos, mientras que la fase de oposición consistirá en la valoración de la capacidad de liderazgo pedagógico y la evaluación de las competencias propias de la función inspectora de los aspirantes, así como los conocimientos pedagógicos, de administración y legislación educativa.

- EDUCACIÓN DE ADULTOS: podrán incorporarse a la educación de personas adultas, además de quienes cumplan 18 años, los mayores de 16 años que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario o sean deportistas de alto rendimiento.

- CAMBIO DE PUESTO DE DOCENTES: los funcionarios docentes que muestren una manifiesta falta de condiciones para ocupar un puesto docente o una notoria falta de rendimiento que no comporte inhibición podrán ser removidos de su puesto de trabajo y realizar otras tareas que no requieran atención directa con el alumnado.

- PLAN ANTE SITUACIONES DE EMERGENCIA: el Ministerio en colaboración con las comunidades definirán un modelo de plan de contingencia para dar continuidad a la actividad educativa. Incluirá aspectos organizativos y de funcionamiento del centro y las medidas que garanticen la competencia digital del alumnado y profesorado.

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