MADRID
Inadmitida a trámite la querella contra Miguel Abellán por defecto procesal
La Agrupación de Profesionales Taurinos Luchadores registró el 11 de abril una querella en los juzgados contra Miguel Abellán.
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La juez Carmen Valcarce, al frente del Juzgado de Instrucción número 5 de Madrid, ha acordado inadmitir a trámite la querella presentada por una asociación taurina contra el director de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid, Miguel Abellán, por un defecto procesal del denunciante, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.
En el auto, firmado ayer por la magistrada, se aduce que la inadmisión se produce al no aparecer la firma del abogado en la querella y al no haberse designado un letrado para la tramitación de la misma, lo que lleva a invalidar el escrito judicial.
La Agrupación de Profesionales Taurinos Luchadores registró el pasado 11 de abril una querella en los juzgados contra Miguel Abellán por presunta prevaricación en la redacción del pliego de condiciones de explotación de Las Ventas.
Se de la circunstancia de que días más tarde las asociaciones firmantes del Convenio Colectivo Nacional Taurino Extraestatutario, Asociación de Matadores y Asociación de Matadores, Rejoneadores, Subalternos y Mozos de Espada, que firmó la querellante, emitió un comunicado al respecto.
En el escrito mostraban su "total disconformidad con esta forma de proceder, manifestando que estas asociaciones son partidarias del diálogo y en ningún caso de actuaciones que puedan perjudicar la fiesta nacional con presumibles fines partidistas o personales".
La citada asociación acusaba al extorero de la presunta comisión de delitos de prevaricación y cohecho por presuntamente cobrar comisiones en los Circuitos Taurinos de la Comunidad de Madrid.
La querella apuntaba a supuestas irregularidades en la redacción del pliego administrativo de Las Ventas, que daba luz verde a su redactor, Miguel Abellán, para hacer informes técnicos del criterio de valoración sujeto a juicio de valor.
El escrito recoge que se hacía para que "la Mesa de Contratación puntuara ese criterio de ofertas, contraviniendo de manera grosera lo marcado en el artículo 326.5 de la Ley 9/2017".
Fuentes de la Consejería de Justicia e Interior señalaron a Europa Press que el Centro de Asuntos Taurinos ya corrigió del pliego los tres criterios tal y como el Tribunal de Contratación le indicó una vez analizada la impugnación propulsada por el ahora querellante.