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El BOE publica el Real Decreto que deja en manos del CSD las medidas de prevención en LaLiga y la ACB

Las medidas de "prevención y seguridad" ya están, desde este miércoles, en manos del Consejo Superior de Deportes, tal como recoge el Boletín Oficial del Estado.

Boletín Oficial del Estado

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

1 min lectura

El Boletín Oficial del Estado (BOE) certifica este miércoles que el Consejo Superior de Deportes (CSD) será el organismo competente para aplicar las medidas de prevención y seguridad en la reanudación de las competiciones de LaLiga y la ACB, entre ellas las relativas al aforo para evitar aglomeraciones.

Así lo establece el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 aprobado ayer por el Consejo de Ministros y publicado hoy para su entada en vigor.

El Boletín Oficial del Estado deja en manos del CSD las medidas de seguridad en las competiciones

El Boletín Oficial del Estado deja en manos del CSD las medidas de seguridad en las competiciones

Respecto a instalaciones para las actividades y competiciones deportivas el texto indica que "las administraciones competentes deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de las instalaciones en las que se desarrollen actividades y competiciones deportivas, de práctica individual o colectiva, de las normas de aforo, desinfección, prevención y acondicionamiento que aquellas establezcan".

"En todo caso, se deberá asegurar que se adoptan las medidas necesarias para garantizar una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros, así como el debido control para evitar las aglomeraciones. Cuando no sea posible mantener dicha distancia de seguridad, se observarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio", añade.

También señala que "en el caso de la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de baloncesto, la administración competente para la aplicación de lo dispuesto en el apartado anterior será el Consejo Superior de Deportes, previa consulta al organizador de la competición, al Ministerio de Sanidad y a las Comunidades Autónomas".

"Las decisiones adoptadas por dicho órgano atenderán de manera prioritaria a las circunstancias sanitarias así como a la necesidad de proteger tanto a los deportistas como a los ciudadanos asistentes a las actividades y competiciones deportivas", concluye.

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