TRIBUNALES
Condenado a dos años y medio de cárcel el sacerdote de Vejer acusado de apropiarse de 366.000 euros de la parroquia
Según la audiencia provincial de Cádiz, realizó cientos de transferencias a su favor entre los años 2014 y 2018, aumentando su patrimonio con dinero de la Iglesia

Iglesia del Divino Salvador de Vejer de la Frontera (Cádiz)
Cádiz - Publicado el - Actualizado
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El Sacerdote Antonio Casado, en sintonía con lo dicho por el Tribunal Apostólico de la Rota Romana, ha sido condenado por la Audiencia provincial de Cádiz a dos años y medio de cárcel, por apropiarse de manera indebida de algo más de 366.000 euros, de dinero de la Iglesia que transfirió, en cientos de movimientos bancarios, a su propia cuenta. Engrosando así su patrimonio con dinero procedente de la parroquia del Divino Salvador de Vejer de la Frontera en Cádiz.
También en este juicio, ha sido condenada como cooperadora necesaria Miguela D, para la que el tribunal ha decretado la pena de seis meses, aunque ha contado con una atenuante, conocida como de reparación del daño, ya que la procesada consignó, previo a la celebración del juicio, algo más de 165.300 euros en concepto de responsabilidad civil.
La Sección Tercera de la Audiencia provincial de Cádiz, que es la que ha enjuiciado el caso, ha concedido a Miguela D. la suspensión de la ejecución de la condena de prisión por dos años, siempre que no vuelva a delinquir durante ese periodo de tiempo. Así las cosas, no entrará en prisión.
Por el contrario, "la pena impuesta al sacerdote condenado, será de efectivo cumplimiento", ya que por su duración no se le puede conceder la suspensión. De todos modos, la sentencia no es firme, teniendo la posibilidad de realizar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Igualmente, los condenados tendrán la obligación de indemnizar, de manera conjunta y solidaria a la parroquia del Divino Salvador de Vejer de la Frontera, en la provincia de Cádiz, en la cantidad defraudada acreditada en sentencia, esto es los 366.000 euros, para cuyo pago se detraerá la cantidad de 165.300 que ya fue consignada con anterioridad por Miguela D.
En la sentencia, el tribunal no ha dado credibilidad a la versión exculpatoria que aducía el acusado, que aseguraba haberlo hecho por estar sufriendo una extorsión. Así, el tribunal ve realmente inverosímil ni tan siquiera alcanza a imaginar que una persona del nivel cultural y de la formación del sacerdote pueda llegar a pensar por un proceso de acogimiento primero y después de adopción de un menor en España, que es por lo que dice, realizo las numerosas transacciones bancarias, conlleve unos gastos como los que, de una manera cuantiosa y compulsiva, representan los movimientos de dinero realizados a su favor de la otra acusada Míguela D.