CONTRA EL DUMPING
UPA crea un decálogo para rechazar la venta a pérdidas del aceite de oliva
La organización agraria esgrime 10 motivos por los que “sí se debe prohibir (y perseguir) la venta a pérdidas”
Jaén - Publicado el - Actualizado
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Desde hace años la Unión de Pequeños Agricultores viene realizando una serie de campañas informativas para denunciar el uso del aceite de oliva como producto gancho en los grandes supermercados. Una táctica que busca atraer al consumidor con el reclamo de bajos precios en el aceite para que luego gaste en otros productos. UPA siempre ha rechazado la banalización de un producto básico en la cesta de la compra en España.
Siguiendo con esa estrategia de oposición al “dumping” del aceite de oliva en los lineales de las tiendas han vuelto a denunciar que vender a precios y renunciar a los márgenes de beneficios es un grave perjuicio para los olivareros. UPA insiste en que “la venta a pérdidas es una práctica que va contra la libre competencia y debe ser prohibida y perseguida. En el sector agroalimentario es especialmente dañina, pues destruye el valor de los productos a lo largo de la cadena”. La UPA recuerda que los agricultores y ganaderos llevan ya “varios años reclamando la prohibición de una práctica abusiva que consideran muy perjudicial. La venta a pérdidas ha contribuido a la grave crisis de rentabilidad que sufre el campo por los desequilibrios de la cadena agroalimentaria”.
Los 10 motivos por los que se debe prohibir la venta a pérdidas
1.-Porque la agricultura y la ganadería son actividades en una situación crítica, que deben ser protegidas dados los innumerables beneficios que aportan a la sociedad: Alimentan a toda la sociedad, mantienen vivos los pueblos, vertebran el territorio, mantienen viva la cultura rural de nuestros pueblos, ayudan a prevenir incendios forestales, y son el único antídoto para frenar el grave fenómeno de la despoblación de la España vaciada.
2.-Porque la cadena agroalimentaria está aquejada de un enorme desequilibrio, con cientos de miles de pequeños productores –en su mayoría de carácter familiar-, miles de industrias y cooperativas agroalimentarias, cientos de intermediarios y apenas unas pocas grandes corporaciones de la distribución, que se reparten el mercado en pocas manos y son quienes verdaderamente deciden lo que se vende y se compra y a qué precio.
3.-Porque la propia Unión Europea, en su Tratado de Funcionamiento afirma que entre los objetivos de la UE están el garantizar un nivel de vida equitativo a la población agrícola […] mediante el aumento de la renta individual de los que trabajan en la agricultura; así como estabilizar los mercados. La sentencia del TJUE va claramente en contra de estos principios.
4.-Porque la venta a pérdidas no supone en ningún caso un beneficio para los consumidores, como algunos podrían pensar. Para las grandes cadenas de la distribución que la practican, las ventas a pérdidas son gotas de pérdidas en un océano de beneficios. El único objetivo es usar productos básicos de la cesta de la compra como reclamo, cuando el margen se recupera después con otros productos.
5.-Porque los Gobiernos deben luchar contra la desigualdad en todas sus formas, y una de las más graves es la desigualdad en el poder negociador entre los eslabones de la cadena agroalimentaria. Desde el sector productor debemos reforzar nuestro papel, quién lo duda, en ello estamos, pero las leyes están para frenar abusos y proteger a los desprotegidos, en este caso, los agricultores y ganaderos.
6.-Porque la destrucción del tejido productivo, en forma de abandonos y cierre de granjas, que provoca la venta a pérdidas se traducirá a medio plazo en una menor soberanía alimentaria y una pérdida también de seguridad alimentaria, al perder control sobre el origen de los alimentos a disposición de la sociedad.
7.-La propia existencia de la Ley de la cadena alimentaria reconoce que el agroalimentario es un sector especial, y como tal debe ser protegido frente a los abusos que se cometen en su seno. Por ello desde UPA seguimos exigiendo la prohibición de la venta a pérdidas mediante una modificación de esta Ley, que aplaudimos cuando se aprobó, pero que ahora debe ser reformada para que cumpla sus indiscutibles objetivos.
8.-Porque más del 15% de las reclamaciones que ha recibido el organismo de control, la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), desde su creación, son denuncias por venta a pérdidas. Esto demuestra que esta práctica se produce y se denuncia por parte de los productores, pero no se sanciona.
9.-Porque es perfectamente legal y jurídicamente viable prohibir las prácticas que lleven a la destrucción de valor en la cadena agroalimentario, estableciendo modificaciones en las leyes de Comercio y de Cadena agroalimentaria, que serían perfectamente compatibles con la legislación europea.
10.-Porque las leyes deben siempre primar la protección de muchos frente al beneficio de unos pocos. La situación del eslabón productor es crítica, con rentabilidades bajo mínimos y un modelo familiar de producción que está en grave peligro de desaparición, lo que puede tener gravísimas implicaciones en nuestra sociedad y nuestra economía.
¿Qué ha pasado en estos meses en relación con la venta a pérdidas?
La Unión Europea aprobó en abril una directiva de prácticas desleales específica para el sector agroalimentaria, impulsada por el comisario de Agricultura –ya saliente- Phil Hogan. Esa directiva no incluyó, no obstante, la prohibición de la venta a pérdidas.
La venta a pérdidas estaba prohibida en España por el artículo 14 de la Ley de Ordenación del comercio minorista, y regulada de forma global para todos los productos, no sólo para los alimentos. Desde UPA se ha criticado reiteradamente que la Ley de la Cadena alimentaria no recogiese de forma específica la venta a pérdidas de los alimentos, dado su carácter estratégico y la necesidad de proteger la agricultura y la ganadería por los innumerables beneficios que aporta a la sociedad
El Consejo de Ministros legisló mediante Real Decreto, el pasado 7 de diciembre, a raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que consideró no ajustada al derecho comunitario la prohibición de la venta a pérdidas a través de la ley española de comercio. Esta sentencia y este Real Decreto suponen un gravísimo paso atrás en la protección de los agricultores y ganaderos, que desde UPA se ha venido denunciado duramente.
La venta a pérdidas ahora mismo no está prohibida como tal, sólo lo estaría en el último eslabón, el del comercio minorista, y demostrarla además es casi imposible. Si con la legislación anterior ya era muy difícil que se impusieran sanciones, con la actual hay que demostrar algo tan subjetivo como que la práctica “tiene carácter desleal o pueda inducir a error a los consumidores”.