MÁLAGA
Los mercados municipales de Málaga deberán destinar la mitad de sus puestos a productos frescos
Una nueva normativa del Ayuntamiento de Málaga incluye novedades relacionadas con la regulación y la actividad diaria de los mercados municipales
Madrid - Publicado el - Actualizado
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La Junta de Gobierno Local ha aprobado la modificación de la Ordenanza Reguladora de los Mercados Minoristas con el fin de adaptar el servicio que prestan estas infraestructuras municipales a las nuevas necesidades del mercado y de los consumidores y de esta manera revitalizar la actividad comercial que se desarrolla en ellos. El nuevo documento recoge medidas e iniciativas para potenciar la sostenibilidad y la economía circular.
SOSTENIBILIDAD
En este sentido, la disposición transitoria tercera recoge el uso de métodos de embalaje biodegradables, señalándose que los titulares de los puestos de los mercados dispondrán del plazo de un año desde la entrada en vigor de la modificación de esta ordenanza, para eliminar el uso de bolsas de plástico no biodegradables.
ACTIVIDAD
En lo que respecta a las actividades, se establece que un mínimo del 50% de los puestos de cada mercado debe dedicarse al comercio de alimentación fresca (carnicería, pescadería, frutería) y el resto de las actividades pueden darse como máximo en los siguientes porcentajes: congelados un 30%, panaderías un 30%, comestibles un 30%, comidas preparadas un 30%, varios un 10% y hostelería un 10%. En este último caso quedan exceptuados los mercados de Bailen, Carranque, El Carmen, El Palo y La Merced en el que las actividades de hostelería se incrementan hasta el 20%.
HORARIOS
El horario de apertura de los mercados municipales se mantiene de 8:30 a 14:30 horas si bien se flexibilizan los requisitos para autorizar la apertura por las tardes y los domingos siempre que sea solicitado por los titulares de los puestos. Hasta ahora debían suscribir esa petición el 75% de estos mientras que con la modificación la petición debe ser realizada por un 50% de los titulares o por acuerdo de la Asociación de Comerciantes, si la hubiese.
PLAZOS DE CONCESIÓN
En cuanto a las concesiones la nueva redacción de la ordenanza recoge que los concesionarios podrán ser titulares en un mismo mercado de un máximo del 10% del total de los puestos, frente al 4% que recogía hasta ahora. En aquellos mercados que tengan menos de 30 puestos se permitirá la titularidad de hasta 3 puestos. Se trata de posibilitar que titulares que ya tienen puestos en algunos mercados y están interesados en adquirir otros que estén vacantes, puedan hacerlo y así contribuir a la máxima ocupación posible de estos espacios.
También se modifica el periodo en el que puede realizarse transmisión de la titularidad de las concesiones. Se reduce de 2 años a 6 meses el periodo mínimo en el que se pueden realizar estas transmisiones. Con ello se favorece que el mercado sea un ente vivo y se evita mantener un periodo muy prolongado las autorizaciones a aquellos comerciantes no que consiguen un éxito en la actividad iniciada.