SEVILLA
18 años de cárcel para el "Loco del Chándal" por incendiar la casa de la juez de paz de Almadén de la Plata
Había quedado en libertad tras una condena de 169 años gracias a la derogación de la doctrina Parot
Sevilla - Publicado el - Actualizado
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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 18 años de cárcel al hombre acusado de incendiar en marzo de 2017 la vivienda de la juez de paz de Almadén de la Plata, cuando la mujer se encontraba en el interior del inmueble. Este hombre, conocido como el loco del chándal, fue condenado por el Tribunal Supremo a 169 años de cárcel por por matar a una mujer y atacar a otras en los años 90 y consiguió la libertad tras la derogación de la doctrina Parot
En la sentencia notificada hoy miércoles a las partes, condena al acusado por un delito de incendio con peligro para la vida de las personas y le impone 18 años de prisión y la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 500 metros de la víctima durante 19 años, mientras que, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la afectada con 20.000 euros por las secuelas psíquicas y con 11.180,40 euros por los daños ocasionados en la vivienda.
Además, y conforme a lo establecido en el artículo 36 del Código Penal, se decreta la prohibición expresa de que la clasificación del condenado en el tercer grado de tratamiento penitenciario pueda efectuarse hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta.
" El acusado había desarrollado una fuerte inquina contra el alcalde y su familia "
Este hombre se trasladó a vivir a Almadén de la Plata tras conseguir la libertad al acogerse a los beneficios penitenciarios reportados por la derogación de la doctrina Parot. En su día el Tribunal Supremo lo había condenado a 169 de cárcel por, un delito de asesinato; seis delitos de asesinato frustrado y un delito de asesinato en grado de tentativa,
Según indica el tribunal, ello “provocó malestar” entre la población del municipio, realizándose una concentración por este motivo a lo largo del año 2013, cuando ostentaba el cargo de alcalde de Almadén de la Plata José Luis Vidal, por todo lo cual el acusado “desarrolló una fuerte inquina” tanto hacia éste último, llegando incluso a tener procedimientos penales abiertos en los que fue condenado, como hacia su familia.
De este modo, la Audiencia dice en la sentencia que el 12 de marzo de 2017, el procesado se dirigió a la vivienda de la víctima “con conocimiento de que la misma” era su residencia habitual, dándose además la circunstancia de que la hermana del exalcalde, de 61 años de edad en el momento de los hechos, “presentaba serios problemas de movilidad”.
“Con ánimo de atentar contra su integridad, roció con gran cantidad de gasolina la puerta, que era de madera en su totalidad y constituía la única vía para entrar o salir de la vivienda, así como las ventanas adyacentes a la misma, también de madera, con persianas de plástico y rejas metálicas que impedían el acceso, procediendo a prender fuego a la sustancia esparcida” y abandonando el lugar a continuación, relata el tribunal en la sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
La Sección Tercera considera adecuada la imposición al acusado de la pena de 18 años de cárcel que fue solicitada en la vista oral por la acusación particular, ya que los hechos perpetrados por el acusado son “de una gravedad extraordinaria” y “la propia acción incendiaria en la condiciones descritas” en la sentencia “denota un propósito de atentar contra la integridad física e incluso la vida” de la perjudicada