ECONOMÍA
Declaración de la Renta: lo que debes tener en cuenta si has tenido dos pagadores
La sabiduría popular insiste en que tener dos pagadores es sinónimo de un duro golpe en la declaración de la renta
Sevilla - Publicado el - Actualizado
2 min lectura
Muchas personas que se encuentran en situación de actividad laboral pueden desarrollar dos ocupaciones para aumentar sus ingresos. Puede también que otras hayan pasado por un ERTE en estos meses de pandemia o que hayan sufrido un despido.
Cada una de esas situaciones supone que nuestros ingresos se realizan desde orígenes o “pagadores” distintos. Y eso entre los españoles tiene una lectura que hemos grabado a fuego en nuestra mente. Dos pagadores es igual a declaración de la renta positiva, es decir, una declaración que sale a pagar y no a devolver.
Lo cierto es que el hecho de que al hacer la declaración nos salga a pagar no va a depender tanto de las empresas para las que trabajemos sino de la retención que nuestros patronos realicen.
El problema por tanto surge cuando las empresas que te contratan no te estén reteniendo bien. Es decir, debemos intentar por todos los medios que las retenciones sean adecuadas, teniendo en cuenta nuestra particular situación y el hecho de tener dos empleadores distintos.
UN CASO CONCRETO: ESTAR EN ERTE
En el caso concreto de los trabajadores en ERTE su realidad es que dejan de cobrar la nómina de la empresa y reciben una prestación por desempleo por parte del SEPE.
Y ahí radica el problema, por llamarlo de alguna manera. Que a diferencia de lo que sucede con las nóminas de los trabajadores, el SEPE no aplica retenciones del IRPF.
Es decir, si eres un trabajador en ERTE vas a cobrar tu sueldo íntegro, sin retenciones, por tanto llega más dinero a tu cuenta que cuando te encuentras en activo. Pero es una situación ficticia porque no te han descontado los impuestos y por tanto puedes tener un resultado positivo en la declaración de la renta.
Y dos preguntas. Primera: ¿Tienes obligación de hacer la declaración de la renta si tienes dos o más pagadores?
Pues según la Agencia Tributaria la tienes si tus rendimientos superan los 14.000 € y cuando la cantidad adquirida por el segundo pagador supere los 1.500 €.
Y segunda pregunta: ¿Se considera el SEPE como segundo pagador si has cobrado de tu empresa unos meses y del SEPE otros? Rotundamente sí, el SEPE se considera como otro pagador.
Dado que en estos meses de pandemia los trabajadores en ERTE han sido muy numerosos, los técnicos de Hacienda llegaron a recomendar que los afectados pidieran ajustes a su empresa, como que les aplicaran una retención mayor para evitar que después en el momento de cumplir su obligación con Hacienda , les resultara especialmente lesiva la declaración.
Y tres claves para terminar sobre la declaración de la renta: