Es obligatorio comunicar a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad los datos de los alojados en V.U.T

La Policía Nacional de Huesca y Jaca ha detectado, en solo dos meses, más de 150 alojamientos que no cumplen con esta norma

V.U.T

Redacción COPE Jaca

Jaca - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

La Policía Nacional recuerda la obligación de las personas que ejercen actividades de hospedaje de comunicar los datos de las personas alojadas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

La Policía Nacional de Huesca y Jaca, percatándose del desconocimiento de estas obligaciones, está poniéndose en contacto directo con cada alojamiento detectado, habiéndose registrado en tan solo dos meses más de 150 alojamientos. Ante este desconocimiento general, se quiere informar de la obligación de realizar este trámite y facilitar un correo electrónico para cualquier duda que pueda surgir al respecto: huesca.informacion@policia.es.

Obligaciones de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje

Por motivos de seguridad ciudadana, las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje tienen obligación de llevar un registro documental y de informar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la identidad de los huéspedes que alojan.

Asimismo, los alojamientos destinados a tal fin han de realizar la correspondiente inscripción en el Registro de Turismo del Gobierno de Aragón.

Aquella persona que esté ejerciendo actividades de hospedaje debe ponerse en contacto con Policía Nacional o aquel Cuerpo de Seguridad que tenga competencia en el lugar donde esté ubicada la vivienda, quienes le acreditarán y le facilitarán un usuario y contraseña para poder comunicar informáticamente los datos.

Una vez acreditado como anfitrión de alojamiento turístico, se puede acceder al programa habilitado por el Ministerio de Interior, incluso desde cualquier terminal móvil, y rellenar fácilmente así los datos de los huéspedes, que se envían telemáticamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

El incumplimiento de esta obligación supone una infracción a la Ley Orgánica 4/2025, de Protección de la Seguridad Ciudadana. La carencia de estos registros o la omisión de estas comunicaciones obligatorias supone una infracción grave, que conlleva una sanción de multa que puede ir desde los 601 euros a los 30.000 euros, en función de las circunstancias.

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