La Policía Nacional vuelve a inspeccionar las viviendas de uso turístico en Jaca

En Jaca se detectaron dos viviendas con huéspedes alojados que no habían sido comunicados

La Policía Nacional intensifica los controles a VUT en Jaca

Redacción COPE Jaca

Jaca - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

La Policía Nacional ha intensificado las inspecciones a viviendas de uso turístico en Huesca y Jaca.

Tras una campaña informativa en la que se recordó las obligaciones de estas V.U.T., se han intensificado las inspecciones y tras las primeras inspecciones realizadas durante el periodo de Semana Santa, coincidiendo con la QuebrantaHuesos los agentes se personaron en una veintena de vividas de uso turístico en Jaca para verificar si las viviendas cumplían las obligaciones de registrar y comunicar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad los viajeros que alojan.

En Jaca, fruto de las inspecciones realizadas por agentes de la Comisaría de Policía Nacional de Jaca, con la colaboración de la Policía Local, se detectaron dos viviendas con huéspedes alojados que no habían sido comunicados dentro del plazo de 24 horas desde que se produce la entrada del huésped.

Obligaciones de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje

Por motivos de seguridad ciudadana, las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje tienen obligación de llevar un registro documental y de informar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la identidad de los huéspedes que alojan.

Asimismo, los alojamientos destinados a tal fin han de realizar la correspondiente inscripción en el Registro de Turismo del Gobierno de Aragón.

Aquella persona que esté ejerciendo actividades de hospedaje debe ponerse en contacto con Policía Nacional o aquel Cuerpo de Seguridad que tenga competencia en el lugar donde esté ubicada la vivienda, quienes le acreditarán y le facilitarán un usuario y contraseña para poder comunicar informáticamente los datos.

Una vez acreditado como anfitrión de alojamiento turístico, se puede acceder al programa habilitado por el Ministerio de Interior, incluso desde cualquier terminal móvil, y rellenar fácilmente así los datos de los huéspedes, que se envían telemáticamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

El incumplimiento de esta obligación supone una infracción a la Ley Orgánica 4/2025, de Protección de la Seguridad Ciudadana. La carencia de estos registros o la omisión de estas comunicaciones obligatorias supone una infracción grave, que conlleva una sanción de multa que puede ir desde los 601 euros a los 30.000 euros, en función de las circunstancia.

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