El SAMA suspende la atención presencial y busca fechas para las mediaciones pendientes

En su página web informará a partir de esta semana de las nuevas fechas asignadas a los actos de mediación previstos durante estos días

Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

El Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje ha suspendido la atención presencial al público y asignará nuevas fechas de celebración de las mediaciones pendientes en cumplimiento de la prórroga del estado de alarma para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus. Sin embargo, el SAMA continuará dando servicio a sus usuarios de forma telemática a través de su página web, correo electrónico y por vía telefónica mientras dure esta situación excepcional.

Para conocer cuándo se celebrarán las mediaciones pendientes, los interesados deben acceder a la web del organismo www.fundacionsama.com y a través de un buscador por provincia y número de expediente obtendrán la nueva fecha y hora de señalamiento del acto de mediación.

El SAMA es un organismo creado por la patronal y los agentes sociales y financiado en su totalidad por el Gobierno de Aragón, para gestionar y dar solución a los conflictos laborales surgidos en Aragón. Existen dos procedimientos: La mediación y conciliación, que pone a disposición de las partes en conflicto uno o varios mediadores que ayudan a la búsqueda de soluciones, y el arbitraje, que implica la sumisión del conflicto laboral a la decisión de uno o varios árbitros previa suscripción de convenio arbitral por ambas partes.

Su ámbito de actuación se sitúa en acciones de naturaleza individual y colectiva de trascendencia jurídica a efectos de lo dispuesto en los artículos 63 y 154 de la Ley de Procedimiento Laboral:

En la mediación en conflictos laborales que carecen de cauce procesal específico, y en concreto en bloqueos de la negociación colectiva, en discrepancias surgidas durante el período de consulta previsto en los artículos 40, 41, 47 y 51 del Estatuto de los Trabajadores y en todo lo relativo a huelgas, y determinación de los servicios de seguridad y mantenimiento. También interviene en cualquier tipo de conflicto laboral jurídico y en conflictos laborales en materia de Prevención de Riesgos Laborales y aplicación de Sistemas de Organización Técnica del Trabajo con las limitaciones establecidas en el artículo 3.2.

Para contactar con el SAMA puedes entrar en su página web: www.fundacionsama.com o escribir al correo electrónico: samazaragoza@fundacionsama.com

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