COVID-19

¿Cómo justificar un desplazamiento laboral entre Oviedo, Gijón y Avilés?

El presidente del Principado ha recordado el documento habilitado durante el confinamiento por FADE, Cámaras de Comercio y Delegación del Gobierno

Tramo de la autopista A-66 entre Oviedo y Gijón

Redacción COPE Asturias

Asturias - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

El Principado ha acordado el cierre perimetral de Oviedo, Gijón y Avilés durante hasta, por lo menos, el próximo 6 de octubre. Cierre que implica que ningún habitante pueda salir o entrar en estos municipios; aunque, lógicamente, hay excepciones. Una de ellas es la laboral. No son pocos los asturianos que viven en otros concejos de la comunidad y trabajan en una de las tres grandes ciudades. O viceversa. En estos casos, sí estará permitida la movilidad, aunque será necesaria una acreditación para demostrar que el desplazamiento es por motivos laborales.

¿Qué documento es? El presidente del Principado, Adrián Barbón, ha recordado este jueves el documento que habilitaron, en marzo, la Delegación del Gobierno en Asturias, las Cámaras de Comercio de Asturias y la Federación Asturiana de Empresarios (FADE), un documento que permitía la movilidad cuando se paralizó toda la actividad no esencial.

¿Cómo conseguirlo? Es un certificado que las empresas deben entregar a sus trabajadores y que puedes descargar pinchando en este enlace. Siguiendo las indicaciones del anterior Estado de Alarma, la hoja debe estar debidamente cumplimentada, indicando el nombre del trabajador, la ubicación del centro de trabajo y el horario habitual de la jornada y la matrícula del vehículo en la que el trabajador se va a desplazar. Además, como es lógico, deberá estar sellado por la empresa.

os empresarios deberán rellenarlo indicando el nombre de la empresa y del empleado, la ubicación del centro de trabajo, el horario habitual de su jornada laboral y la matrícula del vehículo. Lo imprimirán, lo firmarán y lo entregarán a sus trabajadores. A diferencia de lo indicado en un primer momento, y para evitar incumplimientos de la normativa sobre protección de datos personales, no será necesario remitir información alguna sobre los certificados a las Cámaras ni a Fade. Bastará con que el trabajador tenga el certificado con el sello de su empresa.

Herrera en COPE

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