Estas son las condiciones para la reapertura del comercio en Asturias
El BOPA publica la resolución que permite la reapertura de los establecimientos de menos de 300 m². Las tiendas de centros comerciales sólo podrán abrir si tienen acceso directo
Asturias - Publicado el - Actualizado
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El pequeño comercio asturiano podrá volver a abrir sus puertas este miércoles. Se ha hecho esperar, pero, pasadas las siete de la tarde del martes, el Boletín Oficial del Principado publicaba la modificación de la resolución dictada por la Consejería de Salud el pasado tres de noviembre, permitiendo la reapertura de “todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, siempre que tengan una superficie de exposición y venta al público igual o inferior a 300 metros cuadrados”.
No obstante, quedan fuera de esta autorización “aquellos que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior.
La normativa, no fija aforos máximos ni establece limitaciones de horario, pero sí deja claro que “no se podrá realizar una reducción temporal de la superficie de exposición y venta al público con la finalidad de proceder a la apertura por parte de los establecimientos o locales que superen la superficie indicada”.
Junto con el pequeño comercio, también se levanta la suspensión para “las actividades de mercado desarrolladas en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados mercadillos, siempre que se mantenga una distancia entre cada puesto de un mínimo de 1,5 m, espacio en el que no podrá permitirse el acceso al público”.
El gobierno asturiano justifica esta decisión en el descenso de nuevos contagios de coronavirus en las últimas semanas. Un descenso que, según recoge la resolución, puede observarse en la incidencia acumulada a siete días, que ha pasado de los 374 casos de Covid – 19 por cada cien mil habitantes el 14 de noviembre, a los 234 el día 22.
Junto con el pequeño comercio, la resolución mantiene la autorización de apertura al público de “los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, centros, establecimientos y servicios sanitarios, servicios sociales y sociosanitarios, parafarmacia, centros o clínicas veterinarias, mercados ganaderos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, servicios profesionales y financieros, prensa, librería y papelería, floristería, combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías, estaciones de inspección técnica de vehículos, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por Internet, telefónico o correspondencia, servicios de entrega a domicilio, tintorerías, lavanderías y el ejercicio profesional de la actividad de peluquería y de centros de estética.”
Las modificaciones recogidas en esta resolución entran en vigor a partir de su publicación en el BOPA, con lo que el que el pequeño comercio podrá volver abrir este miércoles.
Puedes consultar el texto completo de la resolución aquí