Trabajar al sol en un episodio de calor: un riesgo que deben asumir las empresas
Es exigible que la empresa ponga a disposición del trabajador los elementos necesarios para combatir el calor, incluso se contempla la eliminación del turno de trabajo
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Albañiles, agricultores, carteros, repartidores, comerciales, cualquier profesión que se desarrolle en a la luz del día o en lugares cerrados con poca ventilación, está condicionada a los fenómenos meteorológicos adversos, uno de ellos son las altas temperaturas. Los episodios de calor que está sufriendo el Archipiélago ha sido motivo para que en los departamentos de salud laboral de los sindicatos se estén planteando que el calor sea un riesgo laboral.
Las consecuencias de un golpe de calor pueden ser nefastas, y aquí las personas inmunodeprimidas o con patologías previas deben extremar las precauciones porque este trastorno ocasionado por las altas temperaturas sobreviene de forma repentina, no obstante no solo aquellos con antecedentes clínicos son propensos a sufrir un episodio debido al calor, cualquiera que no haya tomado las precauciones adecuadas es proclive a sufrir esta alteración.
Las dos muertes registradas la semana pasada en la península, uno de ellos trabajaba con una temperatura de 46 grados, se suman a las 679 víctimas que según el instituto de salud Carlos III achaca a esta ola de calor.
El calentamiento global del planeta generará temperaturas más extremas, se prevén veranos más calurosos, y los episodios por altas temperaturas se intensificarán, por ello, se hace necesario adaptar los protocolos de salud laboral a este cambio drástico del tiempo.
Por La Mañana de COPE Gran Canaria paso la técnico en Riesgos Laborales de UGT; María de la Paz Márquez, quien reconoció que es necesario una modificación de los reglamentos en prevención de salud laboral, además de exigir a las empresas una serie de actuaciones para minimizar los efectos del calor: “a las empresas se les debe exigir las evaluaciones de riesgos correspondientes y que establezcan los procedimientos de trabajo en relación con las condiciones que exijan en el propio trabajo.”
Además, también es exigible que la empresa ponga a disposición del trabajador los elementos necesarios para combatir el calor; crema solar que no solo proteja del sol, también de los rayos uva, agua para hidratarse lo suficiente e incluso si existe la obligación de llevar uniforme, proporcionar uno adecuado a las condiciones meteorológicas, pero igualmente se exige que se modifiquen los protocolos de trabajo, modificando turnos y adaptándolos al clima: “deben ser medias amplias, pero no solo equipos o recursos, también medidas organizativas, posibilidades de realizar pausas, habilitar zonas de sombra, también modificar los horarios.”
Las empresas deben facilitar todas las posibilidades para evitar la exposición a las altas temperaturas, y deben hacer un esfuerzo más notable en aquellas personas con patologías previas: “las personas especialmente sensibles deben tener una protección cualificada, personas con diabetes, enfermedad cardiovascular, personas con condiciones psicofísicas concreta, la norma dice que se debe adaptar ese puesto y aplicar medidas organizativas diferentes; rebajar la carga de trabajo, modificar el horario laboral.”
Según la especialista, “no es recomendable no acudir al trabajo por exposición a altas temperaturas, antes se debe buscar otras soluciones; dirigirse a los representantes sindicales para encontrar una solución, si no existe, informar a la empresa para que se adapte ese puesto de trabajo,” De la Paz también advierte que la ley prevé una figura que se lama ‘paralización de actividad por riesgo grave e inminente’, si estamos en ese supuesto habrá que demostrarlo, pero no habría que llegar a este extremo por lo que lo ideal es prevenir,” Aseguró.