JUSTICIA
En un hotel de Tenerife, el conserje se queda dormido y acaba con una indemnización de más de 6.000 euros
La empresa le despidió después de revisar las cámaras y comprobar que se tomaba este tipo de descansos en la jornada laboral, pero el Tribunal Superior de Justicia de Canarias declaró el despido improcedente
Playa de Los Roques al amanecer, isla de Tenerife
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En un curioso y controvertido caso que ha llamado la atención en las Islas Canarias, un conserje de un hotel de Tenerife ha conseguido que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias declare su despido como improcedente después de que la empresa lo despidiera tras ser captado en las cámaras de seguridad en actitud poco profesional durante sus turnos nocturnos. El trabajador, que había comenzado su relación laboral en noviembre de 2018, fue grabado en varias ocasiones viendo vídeos, usando su teléfono móvil e incluso durmiendo mientras estaba a cargo de la recepción y supervisión del hotel.
La empresa, al percatarse de que el empleado no estaba realizando sus tareas de manera adecuada, decidió tomar cartas en el asunto. Le solicitó que detallara sus funciones diarias, pero el conserje respondió de manera bastante despectiva, asegurando que no podía crear un protocolo porque “todos los días eran totalmente distintos”. Este desencuentro con la empresa puso en marcha una investigación interna que incluyó la revisión de las cámaras de seguridad instaladas en septiembre de 2021.
Las grabaciones mostraron comportamientos que la empresa consideró inapropiados: el trabajador pasaba largas horas viendo vídeos en YouTube, jugando con su teléfono móvil e incluso descansando, lo que para la dirección del hotel constituía una violación de sus responsabilidades laborales. Fue entonces cuando se emitió un despido disciplinario, alegando una transgresión de la buena fe contractual y una disminución continua en su rendimiento.
Instalaciones del Hotel en el Sur de Tenerife, Tenerife
Sin embargo, el despido no fue aceptado por el trabajador, quien argumentó que la sanción era desproporcionada y que la empresa no le había advertido previamente sobre la prohibición de realizar estas actividades durante el turno. Decidió recurrir la decisión ante los tribunales.
Despido improcedente
El Juzgado de lo Social nº 4 de Santa Cruz de Tenerife dictó una sentencia en la que declaró el despido como improcedente, basándose en varios argumentos clave. A pesar de que las cámaras de seguridad habían captado al trabajador viendo vídeos, usando su móvil e incluso durmiendo, el tribunal concluyó que la empresa no había demostrado que el comportamiento del conserje afectara de manera significativa al desempeño de sus funciones.
Además, la empresa no había establecido con claridad qué conductas eran sancionables y, lo que es más importante, no había notificado previamente al trabajador que el uso del móvil o el descanso durante la jornada laboral nocturna eran prácticas prohibidas. La carta de despido, que incluía acusaciones generales de incumplimiento de tareas, carecía de la especificidad necesaria para ser considerada válida, ya que no mencionaba fechas o momentos exactos de los supuestos fallos en el desempeño.
El tribunal también subrayó que la carta de despido no especificaba cuáles tareas no se habían cumplido correctamente ni aportaba pruebas concretas de cómo las actividades de ocio realizadas por el conserje afectaban al buen funcionamiento del hotel.
Costa sur de Tenerife desde el mar con hotel
El juzgado dictó que, en lugar de un despido procedente, el trabajador debía ser indemnizado con 6.542,77 euros, cantidad que corresponde a la indemnización por despido improcedente, o bien ser readmitido en su puesto, si así lo decidiera la empresa.
El conserje se queda dormido
No conforme con esta resolución, la empresa presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Sin embargo, el alto tribunal desestimó el recurso y mantuvo la sentencia de primera instancia, declarando el despido como improcedente de forma definitiva.
Este fallo resalta la importancia de que las empresas definan y comuniquen claramente las normas y expectativas a sus empleados. En este caso, la falta de claridad sobre qué comportamientos eran sancionables y la ausencia de advertencias previas a la conducta del trabajador jugaron en su contra. Al final, el conserje logró evitar su despido y obtuvo una indemnización superior a los 6.000 euros por una acción que muchos habrían considerado inapropiada, pero que en el ámbito legal no se consideró lo suficientemente grave como para justificar su despido sin más pruebas.