Ya se puede pedir cita para hacer la declaración de la renta por teléfono

La Agencia Tributaria confeccionará las declaraciones de los contribuyentes por esta vía entre el 7 de mayo y el 1 de julio

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Hacer la declaración por teléfono no impide marcar la X de la Iglesia

Santiago Ruiz de Azúa

Santander - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Los contribuyentes podrán empezar a solicitar desde este lunes 29 de abril su cita previa para la atención telefónica de la declaración de la Renta correspondiente al año 2023, aunque será el día 7 de mayo cuando la Agencia Tributaria comenzará a asistir a los ciudadanos a través del plan 'Le Llamamos'.

También podrán pedir cita a partir de este lunes las personas interesadas en el plan de asistencia a personas mayores de 65 años que tengan su domicilio fiscal en pequeños municipios.

Desde el 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono, si bien la solicitud de cita estará disponible desde hoy hasta el 28 de junio.

MAYORES DE 65 AÑOS EN PEQUEÑOS MUNICIPIOS

La principal novedad de esta campaña es la puesta en marcha de un plan especial para la confección y presentación de declaraciones de Renta de personas mayores de 65 años que tengan su domicilio fiscal en pequeños municipios.

El plan comenzará el 7 de mayo, con solicitud de cita a partir del 29 de abril, y alcanzará a mayores residentes en más de 500 municipios de las 46 provincias del territorio común.

Se trate de poblaciones de menos de 3.000 habitantes que no dispongan de un centro de la Agencia Tributaria, comunidad autónoma o ayuntamiento que preste servicio de asistencia en campaña.

En estos municipios, y gracias a la colaboración y medios técnicos dispuestos por los ayuntamientos, los mayores de 65 años que reserven cita serán atendidos por personal de la Agencia Tributaria mediante videoasistencia, de manera que recibirán la misma atención personalizada que cualquier otro contribuyente, pero en las instalaciones puestas a disposición por su ayuntamiento y, por tanto, sin la necesidad de realizar desplazamientos hasta el punto de atención habitual más cercano.

La Agencia Tributaria pretende avanzar en un modelo de asistencia al ciudadano que combine todas las modalidades de atención al público en función de cada servicio y de la disponibilidad de cada momento, manteniendo hacia el colectivo de personas mayores una especial sensibilidad en línea con el protocolo firmado con la Plataforma de Mayores y Pensionistas.

En ese mismo sentido, se ha actualizado para la presente campaña el apartado de la Sede electrónica para personas mayores, que incluye el folleto de servicios de ayuda, el folleto breve de información y el manual más amplio con la normativa de IRPF que puede resultar de mayor interés para este colectivo.

ATENCIÓN EN OFICINAS

Será entre el 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024 cuando la Agencia Tributaria podrá confeccionar a los contribuyentes las declaraciones presencialmente en sus oficinas --con solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio--.

El plazo de presentación finalizará el 1 de julio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 26 de junio.

¿QUIÉNES NO ESTÁN OBLIGADOS A DECLARAR?

En términos generales, no están obligados a presentar la declaración los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales.

Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 15.000 euros.

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