Indemnizan a un vecino de Ciudad Real con 40.000 euros por un cambio en su permiso de paternidad
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla - La Mancha ha condenado a una empresa por vulnerar el derecho fundamental a la igualdad de uno de sus trabajadores
Ciudad Real, España. La Plaza Mayor. Plaza principal de la ciudad.
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha dictado una sentencia histórica que pone de manifiesto la importancia de respetar los derechos fundamentales de los trabajadores. En esta ocasión, se ha condenado a una empresa por vulnerar el derecho a la igualdad de uno de sus empleados, quien solicitó y disfrutó de su permiso de paternidad al completo, incluidas las 10 semanas adicionales voluntarias. La resolución establece una indemnización de 40.000 euros por los daños morales sufridos por el trabajador debido a la actitud represiva de la empresa.
El afectado, un vecino de Ciudad Real, llevaba trabajando para la empresa desde junio de 2006. Con el nacimiento de su tercera hija en julio de 2022, solicitó disfrutar de su permiso de paternidad en su totalidad, tal y como lo permite el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores. Esta solicitud incluía las 6 semanas obligatorias y las 10 semanas voluntarias, las cuales pensaba disfrutar de manera ininterrumpida y en jornada completa.
Sin embargo, su petición fue rechazada de forma rotunda. Según recoge la sentencia 1630/2024, el trabajador fue citado a una reunión con el director de planta y de recursos humanos, donde se le instó a desistir de su solicitud. En la conversación, uno de los responsables le manifestó que, a pesar de conocer la ley, la empresa no estaba dispuesta a aceptar ese permiso por completo. Además, se le advirtió que no debía “tensar tanto la cuerda” y que no dormiría tranquilo si insistía en sus derechos.
Ciudad Real, España
A pesar de las amenazas y la negativa de la empresa, el trabajador no se dejó intimidar y solicitó formalmente disfrutar del permiso restante, lo que finalmente consiguió hacer entre el 10 y el 18 de octubre de 2022. No obstante, la represalia de la empresa no tardó en llegar. A su reincorporación, se le comunicó un cambio en sus condiciones laborales: a partir de ese momento, debía realizar turnos partidos de mañana y tarde, en lugar de los turnos semanales de mañana o noche que había desempeñado anteriormente.
La sentencia
A los dos meses de esta modificación, el trabajador se negó a firmar la documentación que le devolvía a su puesto anterior y, en su lugar, se dio de baja por un “trastorno de ansiedad excesiva”. Fue entonces cuando decidió demandar a la empresa por vulneración de sus derechos fundamentales, alegando que se le había sometido a una discriminación por su uso del permiso de paternidad.
El Juzgado de lo Social número 2 de Ciudad Real estimó parcialmente la demanda del trabajador, reconociendo que la empresa había vulnerado su derecho a la igualdad. Aunque el tribunal no aceptó la totalidad de la cuantía solicitada por el afectado, condenó a la empresa a indemnizarle con 40.000 euros por los daños morales causados.
Tanto el trabajador como la empresa recurreron la sentencia. No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha desestimó ambos recursos y ratificó la decisión del Juzgado de lo Social. En su fallo, el tribunal consideró que la actuación de la empresa había sido claramente contraria a las normas sobre permisos de paternidad. A su juicio, la empresa no solo había denegado inicialmente la solicitud del trabajador, sino que había adoptado medidas de represalia tras su ejercicio, como el cambio injustificado de funciones y turnos.
Ayuntamiento de Ciudad Real
Además, el Tribunal ratificó la indemnización de 40.000 euros, destacando que dicha cantidad era “razonable, proporcionada y justa” dada la magnitud de la vulneración sufrida por el trabajador.