El Arzobispado corrige la atribución como propios de inmuebles de los que no es titular

La Archidiócesis confirma así el listado ofrecido por la Conferencia Episcopal al Gobierno, en el que aclara algunos errores de propiedad en los procesos de inmatriculación

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

A instancias de don Mario Iceta, arzobispo de Burgos, el servicio jurídico de la Archidiócesis ha procedido a verificar el listado de bienes que facilitó la Conferencia Episcopal Española al Gobierno de la nación y con el que alerta sobre la atribución como propios de algunos inmuebles de los que no es titular.

Se ha comprobado que en el listado aparecido en los medios de comunicación sobre inmatriculaciones por parte de la Archidiócesis de Burgos queda acreditada la propiedad de todos los bienes. La aparición de algunos de ellos como apropiación indebida o dudosa responde a errores de carácter administrativo en el Registro de la Propiedad. En ningún caso se cuestiona la titularidad del Arzobispado.

Tras el estudio exhaustivo de cada uno de los 62 casos que aparecen en la lista se concluye que los conventos de Castil de Lences y Briviesca nunca han estado incluidos entre los bienes de la archidiócesis ni nunca se ha instado su inmatriculación.

Los cementerios mencionados eran bienes de parroquias y se cedió su propiedad a los ayuntamientos respectivos. Si aparecen en la lista es porque los ayuntamientos aún no los han inscrito a su nombre.

Las fincas rústicas mencionadas proceden de fincas parroquiales ahora afectadas por la concentración parcelaria y, por tanto, es la Junta de Castilla y León la responsable de su inscripción.

El resto de menciones corresponde a dobles inmatriculaciones o son errores registrales sin que ello afecte a la propiedad, que sigue siendo de las parroquias.

Por último, otras fincas proceden de donaciones, herencias o incluso pertenecen a otras diócesis, y como tales se inscriben en el registro correspondiente.

Por tanto, no ha habido ni hay ningún intento de aprovechamiento para incrementar el patrimonio por parte del Arzobispado a la hora de aplicar la Ley Hipotecaria del año 1998 y que los procedimientos se han realizado siempre al amparo de la legalidad.

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