El Consejo de Gobierno de la UBU aprueba los criterios generales de adaptación a la enseñanza no presencial

Los estudiantes que lo soliciten podrán modificar su matrícula del segundo semestre y obtener la devolución de los importes pagados por asignaturas que no puedan impartirse

El Consejo de Gobierno de la UBU aprueba los criterios generales de adaptación a la enseñanza no presencial

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Universidad de Burgos ha celebrado hoy, 21 de abril de 2020, el primer Consejo de Gobierno telemático de su historia, en cuyo orden del día figuraban como puntos más sobresalientes la ratificación de la resolución rectoral del 14 de abril sobre instrucciones relativas al funcionamiento a distancia de los órganos colegiados de la UBU y la aprobación de los criterios generales de adaptación de la enseñanza y la evaluación a la modalidad no presencial.

Tras la ratificación de la citada resolución rectoral del 14 de abril, el rector de la Universidad de Burgos, Manuel Pérez Mateos, en su informe inicial y tras realizar una declaración institucional, en la que se ha guardado un minuto de silencio en memoria de los fallecidos y afectados por el COVID-19, ha dado cuenta de las resoluciones adoptadas por el equipo rectoral desde el día 9 de marzo, así como de las diversas actuaciones que ha llevado la UBU en este periodo de estado de alarma.

En dicho informe, y para paliar posibles dificultades emergentes a causa del COVID-19, el rector ha anunciado que desde hoy hasta el próximo día 28 de abril, se abre un plazo extraordinario para que los estudiantes que así lo deseen puedan solicitar la modificación de su matrícula y la devolución del importe correspondiente de aquellas asignaturas del segundo semestre que no se hayan iniciado o que tengan un contenido experimental o práctico imposible de impartir telemáticamente. Además, a los alumnos que no se presenten a alguna convocatoria no se les computará ni a efectos académicos ni económicos.

Además, el rector ha anunciado que gracias al mecenazgo del Banco Santander, que aportará un 50% y abordando el otro 50% con financiación propia, se ha habilitado una partida presupuestaria extra de 100.000 € para atender las necesidades sobrevenidas de los estudiantes surgidas como consecuencia de la pandemia del COVID-19.

Por otro lado, y como punto fundamental del orden del día, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Burgos aprobó los “Criterios Generales para la Adaptación de la Enseñanza y de la Evaluación a la Modalidad No Presencial” de la UBU, en virtud de los cuales se establece:

- El escenario de enseñanza y evaluación telemática a través de la plataforma UBUVirtual, ya sea online o a distancia, para lo que resta de curso académico, en concordancia con la mayor parte de previsiones epidemiológicas y la conveniencia de establecer medidas de seguridad sanitaria.

- Se solicita a los profesores que establezcan, con criterios objetivos y adecuados a la situación de enseñanza no presencial, el nivel mínimo que debe alcanzarse en cada una de las asignaturas impartidas en el segundo semestre de este curso. Todo ello condicionado a que las competencias generales y específicas no alcanzadas puedan obtenerse, si fuera preciso, en cursos posteriores. Para ello:

- Los profesores deberán revisar la guía docente de las asignaturas del segundo semestre del curso 2019/20, de acuerdo con los Centros, adaptándola al contexto no presencial. A tal fin, elaborarán una adenda a la guía que aborde los cambios de contenidos, metodologías docentes, métodos de evaluación aplicables y vías telemáticas que se utilizarán en el desarrollo de la actividad docente, así como el tipo y modo de las tutorías.

- Los cambios propuestos se trasmitirán, para su aprobación, a los decanatos y dirección de los centros con el fin de que sean las comisiones de titulación las que garanticen criterios comunes de coordinación, recomendándose la participación de los representantes estudiantiles en dichas comisiones.

- Los profesores deberán publicar, a la mayor brevedad posible, las adendas en la plataforma virtual, con la finalidad de que los estudiantes puedan tener conocimiento inmediato de los cambios.

- Los estudiantes mantienen su derecho a la revisión de las calificaciones. La fecha y hora de la revisión, así como los mecanismos para su realización serán anunciados por los profesores al comunicar las calificaciones.

- Los profesores deberán establecer, lo antes posible, procedimientos de evaluación continua telemática, coherentes con la situación actual y aclarando con precisión cómo se va a evaluar y de qué se va a evaluar respecto a los contenidos impartidos. De ellos deberán informar a los estudiantes con la mayor diligencia posible.

- Atendiendo al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Personales (BOE 6/12/2018), no está permitido el uso de sistemas biométricos de reconocimiento facial (proctoring) para la realización de exámenes a los alumnos presenciales. Sin embargo, sí está permitida la grabación de pruebas de evaluación, individuales o grupales, a través de video y/o audio, previo acceso e identificación del estudiante en la plataforma UBUVIRTUAL. Con carácter previo a la realización de las pruebas, el profesorado deberá informar a los estudiantes de dicha grabación, tanto en la adenda a la guía docente, como en el aula virtual y al inicio de la prueba.

- El profesorado debe adaptar las tareas docentes y pruebas de evaluación a la capacidad y tiempo disponible del estudiante, facilitando la conciliación con otras posibles situaciones sobrevenidas y empleando las herramientas telemáticas disponibles, tanto para docencia como para tutoría.

Por otro lado, este documento de Criterios Generales aprueba mantener el calendario académico previsto. No obstante, se faculta a los Centros para que, en coordinación con el Vicerrectorado de Políticas Académicas, autoricen la celebración excepcional de pruebas de evaluación y entrega de actas hasta el 31 de julio de 2020

Igualmente, se ha aprobado considerar como superadas aquellas prácticas curriculares externas cuando se hayan realizado presencialmente, al menos, en un 50% y cuando los créditos restantes se complementen con seminarios u otras actividades.

Igualmente, en virtud del citado acuerdo, la Universidad de Burgos dotará de los medios tecnológicos necesarios para seguir la docencia telemática a aquellos estudiantes que justifiquen su carencia. Los estudiantes afectados deberán solicitarlo al Vicerrectorado de Estudiantes. En este sentido, los Centros arbitrarán medidas especiales para aquellos estudiantes que, por razones de discapacidad u otras de especial vulnerabilidad debidamente justificadas, no puedan seguir la docencia y evaluación telemáticas.

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