Decreto de la Diputación de Burgos en relación con el coronavirus

El presidente de la institución provincial, César Rico, expone las actuaciones que se van a llevar a cabo en el territorio burgalés

César Rico y Lorenzo Rodríguez

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

4 min lectura

DECRETO .- Con fecha 12 de marzo de 2020 se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León, la ORDEN SAN/295/2020, de 11 de marzo, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones en relación con el COVID-19 para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León, ante la situación de emergencia de salud pública por el nuevo coronavirus SARS-Cov-2, y a la vista de las medidas y recomendaciones adoptadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 9 de marzo de 2020.

Trayendo causa de precitada Orden, esta Presidencia, en uso de las facultades legales que le asisten, al amparo de lo dispuesto en el art. 34.1 a) y h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, asistida del Sr. Secretario General, decreta las siguientes medidas preventivas de aplicación al ámbito de gestión para el que resulta competente esta Diputación Provincial de Burgos:

Primero.- La suspensión de todas las actividades programadas y organizadas por el Instituto Provincial para el Deporte y la Juventud de la provincia de Burgos, conforme a la relación que se detalla en la siguiente tabla, previstas para los fines de semana del 14 – 15 y 21 – 22 de marzo, tanto en lo referente a juegos escolares como a actividades correspondientes a la propia planificación de la Diputación Provincial:

Segundo.- La suspensión de la celebración del XXV Certamen de Cantautores previsto para el próximo día 28 de marzo.

Tercero.- La suspensión de las actividades de las Aulas de la Naturaleza que se celebran en el albergue de Pineda de la Sierra y que están programadas y pendientes de inicio dentro del presente mes de marzo.

Cuarto.- La suspensión de la celebración de todos los cursos de formación que se estuvieren actualmente impartiendo o programada su impartición dentro del presente mes de marzo, incluida la formación que se imparte en los diferentes Talleres de trabajo actualmente en curso, debiendo sustituirse en este caso dicha formación por la realización de prácticas de trabajo.

Quinto.- La suspensión de la actividad en la Sala de Exposiciones del Consulado del Mar, en la Biblioteca de Castilla y León sita en el Real Monasterio de San Agustín, en la Academia Provincial de Dibujo y la vinculada al servicio de los Bibliobuses. En el Real Monasterio de San Agustín se restringirá el acceso al recinto, quedando limitado el mismo a la realización de gestiones estrictamente de carácter administrativo.

Sexto.- Se restringe el acceso de acompañantes y visitantes a los Centros Residenciales de San Salvador de Oña, San Agustín, Adultos Asistidos y Ancianos de Fuentes Blancas, quedando limitado a una persona por residente y con una duración máxima de una hora, salvo en circunstancias individuales en las que sea de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización a criterio de la Dirección del Centro. En todo caso, deberán de abstenerse de realizar visitas las personas con síntomas febriles o respiratorios.

Séptimo.- La suspensión de todas las actividades de carácter colectivo programadas por los Centros de Acción Social (CEAS) dependientes de la Diputación Provincial.

Octavo.- Los empleados de la Diputación Provincial y de los organismos y entidades a ella adscritos, que encuentren impedimentos o dificultades para conciliar la vida familiar y laboral, deberán canalizar sus peticiones individuales de adaptación horaria, licencias o permisos, por el cauce habitual.

El Departamento de Personal procurará realizar una aplicación lo más amplia y flexible posible de las normas reguladoras de las condiciones de trabajo del personal de la Entidad, con el fin de favorecer dicha conciliación ante esta situación excepcional.

Noveno.- La constitución del Comité de Seguimiento de la situación excepcional producida por la pandemia del coronavirus, integrada, bajo la Presidencia del Sr. Vicepresidente 1º, por las siguientes personas:

Sra. Diputada Provincial de Bienestar Social.

Sr. Secretario General.

Sr. Interventor.

Sra. Jefa del Servicio de Personal.

Sra. Jefa del Servicio de Bienestar Social.

Décimo.- La Comisión de Seguimiento propondrá a esta Presidencia, tanto la prórroga, como la adopción de nuevas medidas, en función de la evolución de la situación.

Décimo primero.- Notificar el presente Decreto a todos los Servicios y Unidades Administrativas afectadas y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, para general conocimiento.

Décimo segundo.- Dar cuenta del presente Decreto al Pleno de la Corporación Provincial en la primera sesión que celebre.

Burgos, 12 de marzo de 2020

César Rico Ruiz

Presidente de la Diputación de Burgos

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