Admitida a trámite la ampliación de querella por un posible nuevo delito de fraude en la compra del Cine Amor

La Audiencia de Palencia reabre el caso del Cine Amor de Aguilar de Campoo

Cine Amor

Agencia ICAL

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La Audiencia Provincial de Palencia ha dictado un acto que revoca por segunda vez el sobreseimiento de las actuaciones penales abiertas por el juzgado número 1 de Cervera de Pisuerga, en relación con la concesión de la licencias urbanísticas de rehabilitación y demolición del Cine Amor para convertirlo en el actual centro cultural provincial de Aguilar de Campoo (Palencia).

La resolución, a la que tuvo acceso Diario Palentino, determina que se reabra la instrucción por un tiempo de un año a partir de que se reanuden las actuaciones, que se practiquen las diligencias solicitadas por el recurrente y, además, admite a trámite la ampliación de la querella presentada por el denunciante por un posible nuevo delito de fraude en relación con la compra del Cine Amor.

La diligencias se reabrieron primeramente en diciembre de 2017 por orden precisamente por la Audiencia Provincial al entender el alto tribunal de la provincia que debían declarar como investigados los miembros de la junta de gobierno local del Ayuntamiento de Aguilar, la empresa constructora, Hormigones Saldaña, y representantes de la Diputación como querellados por tres delitos contra la ordenación del territorio, un delito contra el patrimonio histórico y otro de prevaricación.

Durante la instrucción, tuvieron que declarar en el juzgado cerverano la alcaldesa de Aguilar, María José Ortega; el concejal de Urbanismo, Carlos Sierra; y tres arquitectos, dos de la Diputación y uno del Ayuntamiento de Aguilar. En esta nueva decisión, que adelante hoy el rotativo, la sala ordena al juzgado instructor que añada en su nueva investigación, al admitir la ampliación de la querella presentada por el propietario de Cines Campoo, el posible delito de fraude.

Por su parte, el querellante mantiene que en relación con la venta del Cine Amor, siendo que lo aprobado en su día era la rehabilitación, aparece también que el precio satisfecho por su compra era supuestamente superior al de su valor de mercado debido a sus condiciones urbanísticas de uso y al grado de protección que tenía.

De hecho, afirma que los querellados “ante la opinión pública y ante sus adversarios políticos, supuestamente simularon que dicho sobrecoste en la compra del Cine Amor se iba a compensar con el coste de la realización de tan solo unas obras de rehabilitación, obras que se dice no ejecutadas, ya que lo fueron la simple demolición y posterior construcción”.

En el dictamen, la Audiencia considera que, en este caso, la jueza instructora fundamentó su decisión de sobreseer las actuaciones en razón a que aunque se hayan cometido irregularidades administrativas, estas no tienen carácter y gravedad necesarios para concurrir un delito de prevaricación, “pero acuerda el sobreseimiento sin hacer un estudio del resto de delitos objeto de la querella y sin exponer ningún otro tipo de motivación”.

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