Nuevo régimen sancionador en Alicante: 86 motivos por los que podrías ser multado

El Ayuntamiento endurece las sanciones, algunas de las cuales podrían llegar hasta los 3.000 euros

Imagen de archivo de trabajadores de limpieza
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José Ramón Zaragoza

Alicante - Publicado el

2 min lectura

El Ayuntamiento de Alicante ha aprobado este martes en Junta de Gobierno el proyecto de ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de Residuos, que sustituirá a la actualmente vigente aprobada por acuerdo plenario el 24 de noviembre de 2016. Desde entonces el municipio de Alicante ha experimentado un notable desarrollo en los servicios municipales de limpieza, recogida, transporte y tratamiento de residuos, lo que supone la necesidad de ajustar a la realidad las condiciones del uso y conservación del espacio público, la incorporación de la nuevas modalidades de recogida selectiva de residuos, la correcta ordenación de la gestión de residuos especiales como son los de construcción y demolición, los de la poda y jardinería, otros residuos domésticos peligrosos, etc. y la utilización de las instalaciones municipales de tratamiento y eliminación de residuos.

El nuevo proyecto de ordenanza también aborda en materia sancionadora la ordenación de las actividades inspectoras sobre la actividad que incide en la limpieza y los residuos y tipifica nuevas conductas infractoras emergentes en la realidad cotidiana actual, todo ello sin perder de vista que la voluntad del Ayuntamiento es hacer cumplir las normas a través de la concienciación e información mediante programas específicos para toda la ciudadanía. El nuevo texto regulador de la limpieza inicia ahora el trámite plenario para su aprobación, previa presentación de enmiendas e informe favorable de la comisión informativa.

El horario de depósito de residuos se mantiene entre las 20 y las 24 horas, salvo en el residuo orgánico que requiere el uso de la tarjeta electrónica para la apertura del contenedor.

Régimen sancionador

También incluye un régimen sancionador, ajustado a lo que marca la normativa nacional y autonómica, con tres tipos de sanciones, leves, graves y muy graves, que van desde los 300 a los 3.000 euros y en el que se ha ampliado el número de supuestos en virtud de esta revisión pasando de 63 de la anterior normativa a 86 incidiendo en las cuestiones que más preocupan a los usuarios, en virtud de la encuesta realizada por el servicio como puedan ser el deposito de papeles, bolsas, colillas, chicles en la vía pública fuera de los contenedores y papeleras, el depósito residuos fuera del horario establecido, o dejar enseres y voluminosos en espacios públicos sin avisar al servicio de recogida, las micciones o defecaciones de personas en la vía pública -que llegan a triplicar la sanción pasado de 300 hasta 900 euros- o la no recogida de los excrementos de mascotas y su depósito en los lugares correspondientes, así como la no dilución de las mismas con agua o no llevar bolsas de recogida con multas que pueden alcanzar hasta 900 euros.

También se podrá sancionar la falta de limpieza de grafitis en las fachadas, considerado como una falta grave, con hasta 780 euros. Las sanciones más graves como puedan ser las relacionadas con el abandono de residuos derivados de la construcción o el derribo llegarán al máximo de 3.000 euros.

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