AYUNTAMIENTO

El alcalde emite un bando sobre la limpieza de parcelas y adecentamiento de fachadas

A partir del 15 de mayo, por los servicios técnicos municipales, se realizarán las comprobaciones necesarias; las multas podrían alcanzar los 450 euros

Fachadas

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

El alcalde de Almendralejo ha emitido un bando relativo a la limpieza de parcelas y adecentamiento de fachadas.

El primer edil hace saber que a pesar de las órdenes de ejecución dictadas por el ayuntamiento para que los propietarios mantengan sus inmuebles en condiciones de seguridad, salubridad y ornato, se viene comprobando que existe un gran número de solares, parcelas y otros terrenos sin urbanizar en los que se acumula una gran cantidad de hierbas y matorrales, los cuales, una vez secos, son susceptibles de entrar en combustión, siendo, además, un lugar idóneo para albergar insectos y roedores.

“Dicha situación provoca un grave riesgo para la salud y la seguridad de las personas por la proliferación de plagas de animales transmisores de enfermedades y por el inminente peligro de incendio”.

También se ha comprobado la existencia de edificaciones cuyas fachadas se encuentran en estado de abandono o grave deterioro, “afectando muy negativamente a la buena imagen de nuestra ciudad”.

Conforme a lo recogido en la ordenanza y normas urbanísticas correspondientes, “será obligación de los propietarios de inmuebles la conservación y ornato de las fachas y medianeras vistas, mediante su limpieza y pintura adecuadas”

La Alcaldía recuerda a todos los propietarios de solares, parcelas y otros terrenos que tienen el deber de realizar las oportunas labores de desbroce, limpieza y adecentamiento de los mismos. Además, todos los restos de la limpieza deberán ser retirados del solar y trasladados a un vertedero controlado.

También, las fachadas de todas las edificaciones deberán mantener las necesarias condiciones de ornato mediante su limpieza y pintura adecuadas.

A partir del 15 de mayo, por los servicios técnicos municipales, se realizarán las comprobaciones necesarias y, en los casos de parcelas sin limpiar y fachadas sin pintar, se procederá a la incoación de procedimiento para ordenar la ejecución de las actuaciones requeridas, liquidándose en concepto de tasa por expedición de documentos la cantidad de 150 euros (Tarifa III, Epígrafe. III, Ordenanza Fiscal nº 7).

Se recuerda, así mismo, que el incumplimiento del deber de los propietarios de mantener los solares limpios, puede conllevar una multa de hasta 450 euros.

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