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El Constitucional admite el primer recurso desde una comunidad autónoma contra la amnistía

Han validado el de Aragón y en estudio se encuentran los 15 restantes, entre ellos el presentado por Extremadura

María Guardiola

María Guardiola

Miriam GarrigaAgencia EFE

Badajoz - Publicado el

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad el primer recurso desde una comunidad autónoma contra la ley de amnistía, que marcará el camino a los 15 restantes, así como los recursos de los condenados por el procés contra la negativa del Tribunal Supremo de aplicarles la norma.

Fuentes jurídicas informan a EFE de que el Pleno del tribunal de garantías ha admitido el recurso de las Cortes de Aragón, que fue el primero presentado desde una comunidad autónoma contra la norma y, como consecuencia, permitirá que ocurra lo mismo con el resto de las impugnaciones autonómicas presentadas.

La corte de garantías ha tomado esta decisión tras atender el informe de los letrados del tribunal que se han pronunciado a favor de la legitimidad de los gobiernos y asambleas regionales para impugnar la norma, la misma conclusión a la que ha llegado el letrado de la magistrada progresista Laura Díez, que es la ponente del primer recurso de las Cortes de Aragón.

El Constitucional tiene en cola las impugnaciones presentadas por los doce gobiernos autonómicos del PP (Madrid, Andalucía, Comunidad Valenciana, Galicia, Aragón, Murcia, Castilla y León, Baleares, Extremadura, Cantabria y La Rioja) y tres parlamentos autonómicos con mayoría del mismo signo: Aragón, Murcia y Cantabria.

El otro recurso presentado ante el TC es el del Gobierno de Castilla-La Mancha, presidido por Emiliano García-Page, el único barón del PSOE que ha recurrido el texto ante el TC.

Por otra parte, el tribunal ha admitido a trámite, también por unanimidad, los recursos de amparo del exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y los exconsellers Dolors Bassa y Raül Romeva para que se les aplique la amnistía, que el Tribunal Supremo no les ha concedido "rebelándose" a cumplir la ley, según los demandantes.

El Supremo resolvió no amnistiar el delito de malversación, al concluir que los líderes independentistas obtuvieron un beneficio personal de carácter patrimonial con el 'procés' y que los gastos del 1-O habían causado un perjuicio a las finanzas europeas.

Los tres dirigentes de ERC siguen inhabilitados para ejercer cargo público y solicitan en sus escritos que esta pena se les suspenda de forma cautelar.

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