El TSXG confirma la incapacidad permanente total de un exmarinero de la Armada en Ferrol al no apreciar agravamiento suficiente para la absoluta

La Sala desestima el recurso del exmilitar, que solicitaba la revisión de su grado de incapacidad tras la denegación del INSS

Foto de archivo de varios militares sobre la cubierta de un buque de la Armada

Redacción COPE Ferrol

Ferrol - Publicado el

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto por un exmarinero de la Armada en Ferrol, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol, de fecha 19 de abril de 2024. Esta sentencia había desestimado la demanda del trabajador, que solicitaba la revisión de su incapacidad permanente total (IPT) a incapacidad permanente absoluta (IPA).

El hombre, nacido en 1980 y con profesión habitual de marinero-radarista de la Armada, fue declarado en situación de incapacidad permanente total por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en 2017 debido a diversas dolencias, entre las que se incluían una luxación acromio-clavicular izquierda, una hernia discal lumbar intervenida, cervicobraquialgia izquierda, discopatía cervical, trastorno de ansiedad e insomnio mixto.

Las limitaciones funcionales reconocidas entonces eran marcha con claudicación, limitación moderada-importante de raquis lumbar y hombro izquierdo, y afectación anímica reactiva.

En octubre de 2021, el trabajador solicitó la revisión de su grado de incapacidad, alegando una agravación de su cuadro clínico.

Sin embargo, el INSS denegó esta petición en julio de 2022, al considerar que no existía tal agravación. Disconforme con esta resolución, el hombre interpuso una reclamación previa, que también fue desestimada, lo que le llevó a presentar una demanda judicial solicitando la incapacidad permanente absoluta.

DESESTIMACIÓN EN PRIMERA INSTANCIA

El juzgado de Ferrol desestimó la demanda, y ahora el TSXG confirma esta decisión. La Sala compara el cuadro clínico que dio lugar a la IPT en 2017 con el actual, basado en el dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) de 2022.

El TSXG concluye que el cuadro clínico actual no presenta una modificación o agravación de tal magnitud que incapacite al demandante de forma permanente para todo tipo de trabajo, tal como exige la IPA. La Sala considera que el demandante aún mantiene una aptitud para actividades laborales de carácter físico liviano, sedentarias, que no requieran deambulación esencial ni esfuerzos significativos, y sin una especial complejidad o responsabilidad.

El tribunal gallego se apoya en jurisprudencia del Tribunal Supremo, que establece que la revisión de un grado de incapacidad permanente por agravación solo puede estimarse cuando el nuevo cuadro clínico encaja por sí mismo en el grado superior solicitado. En este caso, el TSXG no aprecia que se cumplan estos requisitos.

Por todo ello, la Sala desestima el recurso de suplicación interpuesto por el trabajador y confirma la sentencia del juzgado de Ferrol, que a su vez había desestimado su demanda de reconocimiento de IPA. Contra esta sentencia del TSXG cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

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