Las esculturas del Mestre Mateo ya son BIC

El decreto no solo afecta a las estatuas de Abraham e Isaac, en poder de los Franco, sino a siete esculturas más

Esculturas de Abraham e Isaac

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicaba este miércoles el decreto aprobado por el Gobierno gallego que declara Bien de Interés Cultural (BIC) nueve esculturas atribuidas al Mestre Mateo. Entre ellas, se encuentran las dos piezas, Abraham e Isaac, en poder de la familia Franco y por cuya posesión está abierto un litigio con el Ayuntamiento de Santiago.

El decreto de protección, que fue aprobado por la Xunta el pasado 26 de julio, no implica ningún cambio en la titularidad de estos bienes, pero sí obliga a los propietarios a abrir al público estas piezas un mínimo de cuatro días al mes, lo mismo que ocurre con el Pazo de Meirás.

Además de las dos piezas en manos de los Franco, el decreto afecta a otras siete esculturas que están o en manos de particulares o forman parte del patrimonio de instituciones públicas como el Museo de la Catedral de Santiago o el Museo de Pontevedra.

Todas ellas tienen una cronología comprendida entre los años 1188 y 1211.

NUEVE ESCULTURAS EN TOTAL

En concreto, las estatuas protegidas con la declaración BIC son las del Rey David, el Rey Salomón y una figura masculina localizada en 2016 durante la restauración de las torres de la Catedral, atribuida al profeta Malaquías, todas ellas pertenecientes al Museo de la Catedral de Santiago.

Asimismo, también se incluyen dos tallas identificadas como Enoc y Elías, que custodia el Museo de Pontevedra, y cuatro piezas pertenecientes a colecciones particulares, las dos de la familia Franco, una talla de un rey bíblico identificado en ocasiones como Fernando II de León y una cabeza barbada de una estatua-columna, que está depositada en el Museo de la Catedral de Santiago.

OBLIGACIONES

Según esta declaración, las personas o instituciones que custodian estos bienes de interés cultural deberán conservarlos e impedir su deterioro, así como permitir el acceso al personal habilitado para inspeccionar su estado.

Del mismo modo, el decreto les obliga a permitir la visita pública de las piezas, gratuita, durante al menos cuatro días al mes, con cuatro horas de apertura al día. En caso contrario, podrá acordarse su depósito en un lugar de exhibición durante un periodo máximo de cinco meses cada dos años.

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