Un juez de Mallorca aclara límites legales y desmiente delito de coacción en casos de okupación: "Nunca ha sido delito"

El magistrado Diego Gómez-Reino: "Dar de baja suministros no implica delito de coacción"

FOTO OKUPAS
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Diego Gómez-Reino, magistrado del TSJB

Cristina Requena

Mallorca - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Los casos de ocupación de viviendas están entre las principales preocupaciones de los propietarios y está causando una fuerte alarma social.

Hay indignación generalizada porque parece que hay que resignarse si te ocupan un inmueble. Incluso hay afectados que se hacen cargo del pago de los suministros y eso ocurre porque hay confusión de que dar de baja el suministro de agua o luz en caso de ocupación es un delito de coacciones.

Se trata de los conocidos como ignorados ocupantes, personas desconocidas que no han mantenido relación contractual con el propietario como aquellas que dejan de pagar el alquiler o la hipoteca, y que ocupan una propiedad.

baja de suministros

En esos casos puedes pedir la baja del suministro sin ningún problema, Diego Gómez-Reino, magistrado del TSJB, explica "tengo casos, que es posible que la policía diese una información errónea y les comunicaba que no pueden hacer eso. Aunque sea discutible,  en todo caso, se puede pedir permiso al juez para dar de baja esos suministros. No creo que ningún juez con sentido común le dijera que no puede dar de baja el servicio, puesto que con esa pretensión lo que no quieres es abonar algo que no estas consumiendo. No quiere decir que necesariamente que por esa vía quieras echar a alguien, aunque indirectamente pretendas eso. Lo que está claro, sobre todo si has presentado una denuncia por ocupación, que tu intención es no abonar algo que no estás consumiendo, eso nunca puede ser delito".

Lo que sí sería un delito, según insiste el juez en declaraciones a COPE, es que coja unas tijeras o un instrumento y salga a la calle y corte el suministro. Eso sí es delito porque se utiliza fuerza en las cosas, pero comunicar a la compañía suministradora que quiero dar de baja el servicio no ha constituido nunca una infracción penal.

"El Código Penal exige que para que sea considerado coacción debe haber intimidación o fuerza en las cosas, como por ejemplo romper un candado o utilizar la amenaza", aclara el magistrado.

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