Los logroñeses podrán pedir hasta el 6 de octubre autorizaciones para el uso de 82 huertos de ocio

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Logroño ha aprobado las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de autorizaciones

Los logroñeses podrán pedir hasta el 6 de octubre autorizaciones para el uso de 82 huertos de ocio

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Logroño ha aprobado las Bases Reguladoras y Convocatoria para la concesión de autorizaciones para el uso de 82 huertos de ocio 2023, fase II, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja y el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Logroño.

Así, se ha autorizado la convocatoria pública para la recepción de solicitudes y se habilita un plazo para la presentación de las mismas desde la publicación de las bases en el BOR hasta el 6 de octubre de 2023.

Se deberá presentar el modelo de solicitud debidamente cumplimentada, que estará disponible en el Servicio de Atención e Información 010 del Ayuntamiento de Logroño, así como en la web municipal, ante el Registro General del Ayuntamiento, o bien, en cualquiera de las formas autorizadas por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En la solicitud, los interesados deberán manifestar, mediante declaración jurada, que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base anterior, con referencia siempre a la fecha de expiración del plazo de la presentación de solicitudes.

Expirado el plazo de solicitudes, se aprobará por el órgano competente la lista de admitidos y excluidos, que se publicará en la web y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento. En dicha resolución, se señalará un plazo de 10 días hábiles para subsanación de defectos en las solicitudes y se dictará una nueva resolución transcurrido ese plazo con la lista definitiva de admitidos.

Se señalará un número a cada solicitante de forma correlativa por orden alfabético, que será el orden en que participarán en el sorteo y se indicará el lugar, fecha y hora de celebración de este sorteo.

En el supuesto de existir menos solicitudes que parcelas existentes, el Ayuntamiento podrá adjudicar la parcela directamente a cualquier persona que reúna los requisitos.

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