SECTOR INMOBILIARIO

¿Cómo convertir un piso en un apartamento turístico?

Conoce los trámites y requisitos necesarios para cumplir la normativa

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Alberto Sanz

Pamplona - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Rebeca Pascual, de A10 Inmobiliaria, analiza cómo está la situación de los apartamentos turísticos.

Como cada semana, hoy traemos la actualidad inmobiliaria y nos toca hablar de los apartamentos turísticos. En los últimos años han proliferado mucho este tipo de alojamientos en muchas ciudades. ¿Qué ha pasado aquí?

En Pamplona también hemos visto cómo ha llegado este fenómeno, atraído por factores turísticos como el Camino de Santiago o los San fermines. Pero ha llegado de forma más suavizada que a ciudades grandes y más turísticas.

Históricamente Navarra siempre ha tenido casas rurales que despiertan mucho interés entre los turistas, es un tipo de alojamiento que podría ser asimilable a los apartamentos turísticos en los pueblos. Y por otro lado siempre ha habido apartamentos de alquiler temporal en la zona cercana a hospitales para gente que venía a la clínica desde otras provincias o países.

Sí es verdad que en Pamplona, estos apartamentos turísticos se han concentrado sobre todo en la zona del Casco antiguo de la ciudad, la zona de mayor interés cultural.

¿Y qué hay que hacer para explotar un apartamento turístico?

Es fundamental cumplir con la normativa vigente. De hecho hoy en día es muy fácil comprobar si un apartamento cumple o no ya que tiene que estar dado de alta en un registro público y la administración podría comprobarlo fácilmente.

¿Qué normativa hay que cumplir?

Depende de si se considera apartamento turístico o vivienda turística; este último es algo similar a una casa rural y debe ser una vivienda independiente con más de 90 m2 de superficie.

La normativa vigente que afecta a este tipo de alojamientos es el decreto foral firmado en 2011. Además, ambos deben estar inscritos en Registro de Turismo y presentar una declaración responsable ante la Dirección General de Turismo, en la que se asegura que el alojamiento cumple la normativa vigente. No son medidas especialmente exigentes.

Aquí quiero aclarar que es una actividad que no está sujeta a IVA, salvo que se presten servicios propios de hostelería como limpieza y cambio de ropa de cama durante la estancia, o servicio de comidas.

¿Puede una comunidad de propietarios prohibir o limitar los apartamentos turísticos en su edificio?

Sí, la ley permite esto, siempre que se cuente con una mayoría de 3/5 partes. Además, también se le puede obligar a contribuir más en los gastos comunes, con un incremento máximo de un 20 %.

¿Hay muchas viviendas turísticas en Navarra?

Según el Registro del Gobierno de Navarra, que es público, en Navarra hay unos 1500 alojamientos de este tipo, de los cuales unos 250 son apartamentos que están en la Comarca de Pamplona. Realmente son muy pocos proporcionalmente a otras ciudades.

¿Y se puede convertir la vivienda en piso turístico solo para San Fermin?

Si, mientras se cumpla con todos los requisito y la comunidad de vecinos no lo haya prohibido, claro que se puede utilizar como apartamento turístico en una fecha concreta del año. Pero como decimos, inscribiéndolo en el registro, cumpliendo la normativa que hemos comentado y demás.

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