ESTATUTOS OSASUNA

Alfonso Ramírez ve clave que los estatutos protejan a Osasuna de personas y situaciones de desgobierno

Repaso en COPE Navarra de los puntos más relevantes de los estatutos de Osasuna para que el club esté protegido

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ESTATUTOS DE OSASUNA: Alfonso Ramírez repasa los puntos clave ante la propuesta de cambio

Alberto Sanz

Pamplona - Publicado el - Actualizado

10 min lectura

Los estatutos del conjunto rojillo siguen siendo un tema importante de Osasuna para lograr que el club tenga una estabilidad y una tranquilidad. Ya se ha señalado en programas anteriores en COPE Navarra la importancia de contar con unos estatutos que protejan y defiendan al club ante determinadas situaciones.

Para Alfonso Ramírez hay varios puntos clave. Lo primero que recalca es que "la participación nos hará ricos". Además muestra problemas serios y claros de los actuales estatutos como es que "si una Junta Directiva dimite sin convocar elecciones el club queda desamparado. Ocurre parecido si la JD no las quiere convocar cuando toque". También es clave poder acotar la venta de recursos activos que puedan condenar el futuro del club.

En esta ocasión se hace incidencia en los siguientes puntos:

Automatismos necesarios para que el club no tenga problemas por la propia redacción de los estatutos, como por ejemplo la posibilidad de convocar elecciones

- Elecciones: la importancia de revisar los avales y preavales para presentarse

- Elección a compromisarios: sistema de elección de los mismos

- Junta electoral: la importancia de acotar bien su situación

- La deuda y la importancia de poner barreras

- Cómo es el proceso de voto de los cambios de estatutos

- Repaso de artículos clave:

· Artículo 39. Duración del mandato del Presidente

SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS

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El fútbol en 1990 cambió con la llegada de las Sociedades Anónimas Deportivas, las famosas SAD. Osasuna junto con el Madrid, el Barça y el Athletic lograron seguir siendo clubs deportivos. En 2020 parece lejano aquello y la afición rojilla saca pecho de que el club sea de los socios.

La figura del las SAD nació con ley del deporte que nació en 1990, ley que obligaban prácticamente a los clubs a pasar a las ya conocidas SAD como mal menor antes las nefastas gestiones económicas que muchos dirigentes realizaron durante años y que dejaban a sus clubs deportivos , con unos déficits inabordables y a muchos de ellos, en concurso de acreedores. Osasuna cumplía el requisito de tener durante cuatro ejercicios consecutivos un saldo positivo de patrimonio neto en sus cuentas, lo que le permitió seguir con su actual estatus de club deportivo.

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Alfonso Ramírez explica las SAD y Osasuna

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Actualmente la conversión es obligatoria para todos los clubs deportivos que adquieren el derecho a jugar en cualquier da las 2 categorías profesionales del futbol español. Salvo para los cuatro mencionados antes.

En la mano de los socios estaría el posible cambio, aunque el sentir mayoritario actualmente hace pensar que eso nunca ocurrirá. Los actuales controles económicos velan para que eso no ocurra, por lo que será decisión de los socios que Osasuna siga siendo como es, de los socios.

Estatutos de Osasuna: Análisis de si es posible presentarse y otros cuatro años de Luis Sabalza

Conocemos de la mano de Alfonso Ramírez las claves de los estatutos de Osasuna de cara a las elecciones de 2021

· Artículo 39. Duración del mandato del Presidente

· Artículo 26. Candidatura y personas elegibles

Alguien que se quiera presentar como aspirante a la presidencia rojilla necesita, tal y como especifican los estatutos aprobados en 2017, un pre-aval (en realidad es un aval) del 15% del presupuesto.

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Conoce cómo son los estatutos de Osasuna para los compromisarios

El fútbol en 1990 cambió con la llegada de las Sociedades Anónimas Deportivas, las famosas SAD. Osasuna junto con el Madrid, el Barça y el Athletic lograron seguir siendo clubs deportivos. En 2020 parece lejano aquello y la afición rojilla saca pecho de que el club sea de los socios.

La figura del las SAD nació con ley del deporte que nació en 1990, ley que obligaban prácticamente a los clubs a pasar a las ya conocidas SAD como mal menor antes las nefastas gestiones económicas que muchos dirigentes realizaron durante años y que dejaban a sus clubs deportivos , con unos déficits inabordables y a muchos de ellos, en concurso de acreedores. Osasuna cumplía el requisito de tener durante cuatro ejercicios consecutivos un saldo positivo de patrimonio neto en sus cuentas, lo que le permitió seguir con su actual estatus de club deportivo.

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Alfonso Ramírez explica los estatutos de Osasuna: Compromisarios

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Actualmente la conversión es obligatoria para todos los clubs deportivos que adquieren el derecho a jugar en cualquier da las 2 categorías profesionales del futbol español. Salvo para los cuatro mencionados antes.

En la mano de los socios estaría el posible cambio, aunque el sentir mayoritario actualmente hace pensar que eso nunca ocurrirá. Los actuales controles económicos velan para que eso no ocurra, por lo que será decisión de los socios que Osasuna siga siendo como es, de los socios.

Estatutos de Osasuna: Análisis de si es posible presentarse y otros cuatro años de Luis Sabalza

Conocemos de la mano de Alfonso Ramírez las claves de los estatutos de Osasuna de cara a las elecciones de 2021

· Artículo 39. Duración del mandato del Presidente

· Artículo 26. Candidatura y personas elegibles

Alguien que se quiera presentar como aspirante a la presidencia rojilla necesita, tal y como especifican los estatutos aprobados en 2017, un pre-aval (en realidad es un aval) del 15% del presupuesto.

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Estatutos de Osasuna: Análisis de si es posible presentarse y otros cuatro años de Luis Sabalza

En el programa Deportes COPE Navarra dirigido por Alberto Sanz se abordan dos artículos de los estatutos del Club Atlético Osasuna de la mano de Alfonso Ramínez, exdirectivo rojillo. En el año del centenario de la entidad siguen siendo necesarios cambios y mejoras en los estatutos. Los dos artículos que se repasan son:

· Artículo 39. Duración del mandato del Presidente

· Artículo 26. Candidatura y personas elegibles

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Estatutos de Osasuna: analizamos los artículos 26 y 39

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El pasado 20 de octubre, Luis Sabalza, presidente del Club Atlético Osasuna, afirmaba en una entrevista en COPE que no tiene “un afán grande” de presentarse, aunque reconocía que le “gustaría terminar el pago del préstamo y dejar el campo totalmente pagado”. Para que esto pueda suceder, hay que recordar que Sabalza está viviendo su segundo mandato al frente del club rojillo, avisaba en sus declaraciones de que “habrá que ver si los socios lo quieren” y que si no quieren cambiar el artículo de los estatutos “no pasa nada, otros vendrán”. Las elecciones estarían previstas para finales de 2021.

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Entrevista con Luis Sabalza, presidente de Osasuna, a las puertas del centenario del club

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Luis Sabalza reconocía que han “conseguido aquello que cuando me presenté parecía una utopía, celebrar el centenario en Primera, pues lo hemos conseguido”, pero ahora le gustaría cerrar el pago del campo, para ello habría que cambiar con los compromisarios de Osasuna el artículo 39 de los estatutos rojillos que habla de “Duración del mandato del Presidente”. El texto dice exactamente esto:

1. El mandato del Presidente tendrá? una duración de cuatro años, pudiendo ser reelegido por otro periodo igual y al finalizar el mismo, no podrá? presentarse a otro mandato consecutivo.

Un artículo que se aprobó en 2015 con Luis Sabalza como presidente y que ahora se pone encima de la mesa que se elimine. Sabalza en 2021 no llegaría a cumplir los 7 años completos de presidencia, es decir, algo menos de un año de dos mandatos completos que serían de 8 años.

“Osasuna es de los socios” es una de las frases estrella de los aficionados rojillos. Una oración que en lo que se refiere a poder aspirar a presentarse a una elecciones poco tienen que ver con la realidad. Alguien que se quiera presentar como aspirante a la presidencia rojilla necesita, tal y como especifican los estatutos aprobados en 2017, un pre-aval (en realidad es un aval) del 15% del presupuesto. Así lo explica el artículo del estatuto:

Sera? requisito indispensable por parte de la candidatura presentar un pre-aval bancario de cualquier entidad de crédito, banco o caja de ahorros registrada en el registro de entidades del Banco de Espan?a, garantizando como mínimo un quince por ciento (15%) del presupuesto general del club vigente en el momento de presentar la candidatura y en cuyo texto se hará? constar que dicho aval se convertirá? automáticamente en aval definitivo en el caso de que dentro del procedimiento electoral en curso resultase elegida dicha candidatura a Presidente y Junta Directiva del C. A. Osasuna y una vez el candidato a Presidente del C. A. Osasuna tome posesión del cargo.

Un aval de 9 millones de euros (el 15% de 60 millones) podría costar en torno a 90.000 euros anuales

Conseguir un aval, la figura de pre-aval queda prácticamente anulado con la frase “dicho aval se convertirá? automáticamente en aval definitivo”, se presenta imposible para más del 90% de los socios. ¿Por qué? Porque conseguir un aval del 15% de un presupuesto que va a rondar los 60 millones de euros supone lograr un aval de 9 millones de euros.

Tras hablar con varias entidades bancarias nos comentan que se presenta “muy complicado” que se conceda ese aval salvo que la persona que lo solicita “tenga un buen músculo financiero”. Además de pasar ese primer corte, algo que no podría lograr la gran mayoría de los socios, luego llega el coste de que te lo concedan. El precio a pagar por ese aval podría rondar un 0,25% al trimestre, es decir, 22.500 euros mientras el aval esté activo. Un precio muy elevado por amor al club teniendo en cuenta que no hay sueldo como presidente para tratar de recuperar aunque sea parte de la inversión. Además hay que recordar que ese sería el coste de abrirlo, aunque luego se perdiesen las elecciones.

Un artículo que se puso para tratar de evitar que gente con intereses ocultos o que no tengan experiencia en gestión tengan una traba y que haya cierta selección puede generar por otro lado ciertos problemas.

El artículo del estatuto genera tres problemas. Dos de ellos se explican según la situación del club:

Los números que hemos repasado son inasumibles para la gran mayoría de los socios (además de la dificultad para que conceda una entidad bancaria ese aval), algo que puede servir de tentación para que una empresa externa y con intereses económico quiera ir oculto en una candidatura. Son muchos los empresarios y agencias de representación que tratan de hacerse con el poder de clubes. Al ser Sociedades Anónimas Deportivas el coste de comprar esos clubes es altísimo, sin embargo, “aterrizar” en Osasuna les sería tremendamente barata y simplemente tendrían que convencer a un socio para que les ponga “la cara y el carnet” mientras ellos gestionan y hacen negocios para su beneficio y no para el del club.

Alfonso Ramírez, preocupado por los derroteros que puede tomar el club debido a este artículo, realiza una propuesta alternativa que simplifica el proceso, abarata costes a los candidatos, evita un desgaste social importante en la validación o no de la legalidad de los pre-avales entregados, y trata de buscar garantía de que se cumplan todas las normas del proceso de elección. Sería un sistema por el que la presentación de una candidatura exigiría el depositar una fianza, que podria ser de 50.000€, 75.000€, o lo que se estime a nombre del C.A. Osasuna. Un dinero que se le devuelve al candidato y que sirve de garantía de que en caso de ser elegido presidente, presentará un aval válido ante la LFP. En caso de ganar las elecciones, todavía no se finalizaría el proceso electoral, hasta que La Liga no apruebe ese aval. En el caso de que el aval fuese rechazado, además de no ser nombrado presidente, perdería ese dinero en beneficio del club. El siguiente candidato más votado continuaría el proceso para llegar a ser presidente con la misma formula. El resto de candidatos, recibirían la devolución de su fianza a la finalización del proceso.

Para entender la complejidad del artículo y ver que podría acarrear la desaparición del club hay que recordar que en 2015 la junta de Luis Sabalza no pudo avalar hasta finalizar la temporada. Una vez se pudo cerrar el rescate de Osasuna y se logró la permanencia con ese histórico gol de Javier Flaño, con la explosión de la investigación y juicios por los amaños de partidos.

Hay que recordar, que además del riesgo de que te ejecuten el aval, está el problema de que hay problemas y te lo puedan ejecutar. Una circunstancia que en plena pandemia está más de actualidad que nunca. Simplemente con que por algún motivo los ingresos de los derechos de retransmisión tuvieran una rebaja podría generar pérdidas en el club. La realidad actual del club es que la gestión que se está realizando permite tener una economía saneada y que, además de estar pagando la reforma del campo, se esté pudiendo generar un colchón económico.

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