La misión imposible a la que se enfrentan los jóvenes en Navarra para acceder a un alquiler: "Hasta 2028"

"David Emancipa" para los jóvenes y "el Censo de solicitantes" para familias son dos de las opciones de acceso a alquiler en Navarra, opciones que se han vuelto una misión imposible 

PAgina web Nasuvinsa
00:00

Misión imposible acceder a un alquiler en Navarra

Andrea Delgado

Pamplona - Publicado el

4 min lectura

A nadie se nos escapa, ya que el acceso a la vivienda es un problema cada vez mayor, alquileres que suben, falta de parque inmobiliario... hoy la consejera de vivienda, Begoña Alfaro era preguntada por cómo piensa solucionar el problema. 

Alfaro daba sus soluciones: "el Gobierno va a seguir trabajando en ampliar la red de cobertura que supone las ayudas "David Emancipa" para los jóvenes y las "del Censo" para las familias que tienen problemas para el acceso al alquiler", "Este gobierno va a seguir trabajando en la promoción de vivienda pública tanto de alquiler social como de alquiler asequible para conseguir llegar a esas familias que están siendo sistemáticamente expulsadas del mercado", añadía.

imposible contactar con nasuvinsa

Nasuvinsa, Programa David, soluciones que hemos querido comprobar en Cope Navarra con la imposibilidad de conseguir que nos cojan el teléfono. Cada vez que llamas sale un operador que te invita a llamar el miércoles, y si llamas el miércoles comunica. 

En esta situación Cope ha contactado con Nasuvinsa para encontrar una explicación, la respuesta ha sido que "sufren saturación desde hace meses e intentamos solucionarlo"

Cope también ha podido saber que esta situación se extiende desde agosto. 

Otra de las opciones es pedir cita previa a través de la web. Lo hemos intentado y la aplicación está bloqueada sin citas ilimitadamente, lo hemos dejado de intentar al llegar a 2028.

Programa de Deducciones para Acceso a Vivienda (DAVID)

El Programa de Deducciones para Acceso a Vivienda (DAVID) es una prestación para ayudar al abono de la renta del alquiler de su vivienda habitual a familias con ingresos inferiores a una determinada cantidad, en función del número de miembros, con el límite de 1,7 veces el índice de Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA).

Requisitos para acceder a la ayuda

1. Para poder acceder a DaVid en 2024 será suficiente estar inscrito en el censo de solicitantes de vivienda protegida antes del 31/12/2023. 

2. Ingresos mínimos: 3.000 euros. 

3. Ingresos máximos: ingresos familiares ponderados hasta 1,7 veces el índice SARA. 

4. Renta máxima de la vivienda: 700 euros mensuales.

Características de la prestación

1. 50% de la renta de alquiler: 

El importe de la ayuda será del 50% de la renta con los siguientes límites: 

- Para ingresos < 1 vez SARA: 340 €/mes 

- Para ingresos = 1 SARA y < 1,4 veces SARA: 280 €/mes 

- Para ingresos = 1,4 veces SARA y < 1,7 veces SARA: 220 €/mes 

2. Duración: sin límite temporal. 

3. Renovación anual: se ha de renovar anualmente para comprobar que se siguen cumpliendo los requisitos.

 4. Pago mensual: se abonará mensualmente previa aportación de los justificantes bancarios de pago.

Restricciones de acceso al programa

No se podrá acceder al programa DAVID si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

1. Ser titular de vivienda o haber transmitido una en los últimos 5 años (salvo excepciones). 

2. Tener parentesco con la parte arrendadora hasta el segundo de grado de consanguinidad o afinidad.

3. Haber declarado como ingresos de la parte especial del ahorro una cantidad superior a 5.000 euros. 

4. Tener bienes y derechos por valor superior a 90.000 euros. 5. Que exista otra persona beneficiaria de DAVID en la misma vivienda.

PREGUNTAS FRECUENTES

1. ¿Es obligatorio estar inscrito/a en el Censo de solicitantes de vivienda protegida? Sí, si no se está residiendo en una vivienda protegida con contrato de alquiler visado administrativamente, entonces SÍ es obligatorio estar inscrito/a con anterioridad al 1 de enero de 2022 en el Censo de solicitantes de vivienda protegida gestionado por NASUVINSA en la modalidad de arrendamiento o arrendamiento con opción de compra. ¿Cuándo no es obligatorio estar inscrito en el Censo de solicitantes de vivienda protegida? Cuando se está residiendo en una vivienda protegida con contrato de alquiler visado administrativamente con anterioridad al 1 de enero de 2022.

2. ¿Por cuánto tiempo se concede? ¿Hay un tiempo máximo? Se concede para una anualidad, transcurrida la cual hay que solicitar su renovación. No hay un número máximo de anualidades.

3. ¿Cuáles son los requisitos de ingresos? Ingresos mínimos de 3.000 euros, e ingresos máximos ponderados de hasta 1,7 veces SARA, con la última declaración de renta con plazo de presentación ordinario cerrado. Así, actualmente será la renta de 2020, y desde el 25 de junio de 2022 será el IRPF correspondiente a 2021. No se aceptan nóminas o similares, tienen que ser ingresos que consten ante HACIENDA.

4. ¿Qué conceptos de la declaración de la renta se toman? Parte general de la base imponible (casilla 507) más rentas exentas (casilla 529) 

5. ¿Qué es SARA? SARA o Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada, es el nuevo indicador propuesto para sustituir al vigente IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Su valor, para los ingresos obtenidos en 2020 o 2021, es 8.797,94 euros (es decir, para la declaración de la renta del año 2020 y 2021). 

6. ¿Cuál puede ser el importe máximo de alquiler? La renta mensual no puede superar 675 euros para tener derecho a la ayuda. 7. ¿Cuál es el importe de la ayuda? El 50% de la renta de alquiler, con un máximo de 300, 250 o 200 euros mensuales en función de los ingresos familiares ponderados de las personas solicitantes.

Temas relacionados

Programas

Último boletín

13:00H | 29 SEP 2024 | BOLETÍN