EL PARTIDAZO DE COPE

Por qué a Luis Rubiales se le condena con una multa por el beso en la boca a Jenni Hermoso: "Sentencia modélica, conducta delictiva"

El catedrático Emilio Cortés ayudó a entender la sentencia al expresidente de la Federación Española de Fútbol

Luis Rubiales, expresidente de la Federación Española de Fútbol

EFE

Luis Rubiales, expresidente de la Federación Española de Fútbol

Javier Jurado

Publicado el - Actualizado

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El Catedrático en Derecho Penal, Emilio Cortés, habitual colaborador en El Partidazo de COPE, explicó perfectamente este jueves todos los porqués sobre la sentencia a Luis Rubiales por su beso "no consentido" a Jenni Hermoso en la boca.

A Rubiales solo se le ha condenado por el beso, y no por coacciones, como ya dejó entrever que ocurriría el propio Emilio Cortés, días atrás: "El espíritu de la coacción consiste en utilizar un medio intimidatorio, incluso un medio violento, que consiga doblegar, que consiga orientar la voluntad de una persona bien a no hacer lo que no quiere o bien a hacer algo que no quiere. En consecuencia, en este caso es verdad que parecía que había un sejo de sugestión, de orientación, pero yo el elemento coactivo, en cuanto a intimidación o violencia, la verdad es que nunca lo vi".

La gran pregunta es si Luis Rubiales sale bien o mal parado. Para el Catedrático, quien sale mejor parado es "la justicia". El expresidente "sale parado en unos términos muy razonables, de acuerdo con el actual estado de legislación y la jurisprudencia de la agresión sexual. Es decir, a mí la sentencia me parece modélica, tiene una factura extraordinaria, está muy bien construida, y en consecuencia yo creo que va a tener una respuesta muy proporcionada y no sale ni mal ni bien parado".

¿A cuál de las dos partes satisface más la sentencia? "Me imagino que no estará satisfecho con el resultado del pleito, como posiblemente tampoco las acusaciones lo estén, pero esto es muy frecuente en nuestro mundo", explicó.

UN BESO NO CONSENTIDO EN LA BOCA ES UNA FORMA DE AGRESIÓN SEXUAL

Otro de los aspectos importantes de la sentencia para Emilio Cortés es que "se ha demostrado que un beso en la boca constituye una forma de agresión sexual".

El motivo por el que se le castiga con una multa tiene que ver porque a lo que atiende la pena de multa "es a la gravedad del hecho, no a la capacidad económica del condenado, que eso es secundario. La multa se gradúa en atención a la gravedad del hecho, a las circunstancias. La multa es como la pena privativa de libertad, es una forma de pena. La multa se gradúa en atención a la gravedad del hecho, a las circunstancias del autor, a las circunstancias de la víctima, y se impone en la proporción que entiende ajustada al juez o tribunal".

Lo que para el juez le pareció clave para nombrar culpable a Rubiales es atendiendo a "si antes del beso había consentimiento de la víctima". Y si no concurría "y el acto se lleva a término la conducta es delictiva y se llama agresión sexual. La sentencia además tiene un argumento estadístico absolutamente inapelable. El señor Rubiales al resto de las ganadoras le dio beso en las mejillas. Y sin embargo, a la señora Hermoso se lo dio en los labios", sentenció, no sin antes aclarar que el Código Penal tiene segmentado el cuerpo, con una serie de zonas consideradas prohibidas "desde el punto de vista de la autodeterminación sexual", y los labios es una de ellas.