Juristas responden en COPE a las propuestas de Urkullu y Ortuzar: “Son inviables y anticonstitucionales”

La plurinacionalidad del Estado y el reconocimiento de Euskadi como nación están puestas sobre la mesa de cara a la investidura

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Profesor de Derecho Constitucional explica el camino para llevar a cabo reforma constitucional

Pilar Abad

Publicado el - Actualizado

4 min lectura

El próximo 26 y 27 de septiembre se celebra el debate de investidura una vez que el Rey ha propuesto a Alberto Núñez Feijóo por ser el candidato del partido más votado en las pasadas elecciones del 23J.

Al PP, con el apoyo de Vox, UPN y Coalición Canaria le faltan 4 escaños para conseguir la mayoría absoluta, mientras que al PSOE de Pedro Sánchez le hacen falta muchos más para poder mantenerse en el poder con un nuevo gobieno Frankestein en el que entrarían distintas formaciones políticas incluyendo a independentistas, nacionalistas y aquellos que quieren romper la unida de España.

En estos momentos, el futuro de España depende de un tránsfuga, Carles Puigdemont, y de las cesiones que, finalmente, el presidente del Gobierno en funciones otorgue a quienes le chantajean para mantenerlo en el poder.

Y mientras los dos líderes de principales partidos políticos se enfrascan en encuentros, en reuniones, para conseguir la investidura a finales de septiembre y evitar una repetición electoral, Íñigo Urkullu y Andoni Ortuzar siguen reclamando el “qué hay de lo mío” para continuar con su propósito de dividir España.

Si el lehendakari Urkullu sigue avanzando en la plurinacionalidad del Estado, el presidente del PNV reclama el reconocimiento de Euskadi como nación. ¿Conseguirán presionar a Sánchez y conseguir sus objetivos? ¿Es esto viable?

En 'Fin de Semana' conocemos lo que dice la Constitución al respecto y cuál sería la alternativa a estas propuestas, si es que las hay, de la mano del profesor de Derecho Constitucional, Ibor Fernández Romero.

Urkullu tiene un plan: una convención consitucional

En ese camino hacia la plurinacionalidad del Estado, el plan de Urkullu pasa por celebrar, en el plazo de un año, una “convención constitucional para pactar una interpretación de la Constitución” sobre la cuestión territorial y alcanzar un estado plurinacional.

Así lo explicaba en el artículo que el lehendakari escribía hace unos días en 'El País' bajo el título de 'Autogobierno vasco y modelo plurinacional del Estado'.

A este respecto, Fernández Romero recuerda que “cualquier proceso que comporte la reforma constitucional tiene que regirse por los trámites previstos en la propia Constitución”.

Ante la propuesta del lehendakari de crear ese ente, entiende el jurista que “podría crearse ese ente sin ningún tipo de competencia real, sin afección al texto constitucional y a la posición de los españoles”.

En definitiva, señala Ibor se trata de una reforma constitucional por lo que “no es viable”.

El reconocimiento de Euskadi como nación vasca: la petición de Artuzar

En el caso de la propuesta del líder de UPN de reconocer Euskadi como nación estamos en más de lo mismo, como asegura Fernández Romero “no es viable porque sería una reforma constitucional”.

Subrayando que en este caso, además, “estamos dando vueltas continuamente a lo mismo porque es un concepto de nación contrario al artículo 1.2 de la Constitución”.

Se trata de “una interpretación constructiva de la Constitución” con un “planteamiento que tiene un reverso”, advierte este profesor de Derecho Constitucional, de “que haya partidos políticos que propugnan la eliminación de las comunidades autónomas”

Artículos 167-168 de la Constitución: claves para la reforma constitucional

Como ha ido señalando Ibor durante la entrevista, los artículos 167 y 168 de la Constitución son “los dos artículos que prevén los cauces de la reforma constitucional”.

De manera que explica cómo es este proceso de esa reforma constitucional si llegara a producirse. De manera que el 167 es “la reforma constitucional ordinaria”, que ya se ha llevado a cabo en dos ocasiones, “y que requiere un acuerdo por las dos Cámaras de 3/5”.

Así que “de no lograrse en el Senado, con una mayoría en esa Cámara y con 2/3 del Congreso de los Diputados, podría operarse una reforma de la Constitución”.

Mientras que el artículo 168 tiene “previsto reformar las partes más sólidas de la Constitución: el Título Preliminar de los artículos 1 al 9; los derechos fundamentales conocidos como fuertes; y la Jefatura de Estado, la Corona”.

En este caso, aclara el jurista que “se requiere una aprobación por mayoría de 2/3 de cada una de las Cámaras. Se disuelven las Cortes, se constituyen nuevas Cortes, se vuelve a votar con esos 2/3 y, además, se tiene que someter a referéndum”.

Por lo que una vez explicado el procedimiento de una reforma constitucional, incide e insiste, Ibor Fernández Romero en que las propuestas de Urkullu y Ortuzar son “inviables” y anticonstitucionales.

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