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Todo lo que tienes que saber sobre las mesas electorales del 23J: ¿Cuál es el plazo que tengo para alegar?

Un catedrático de Derecho Constitucional da, en 'Fin de Semana', todas las respuestas a las preguntas que todos nos hacemos

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 10 jul 2023

Ya sí que se puede decir que la suerte está echada. Aunque en esta ocasión no hemos comprado ningún décimo ni esperamos con ilusión ese día tan especial que vivimos cada año cuando los niños de San Ildefonso cantan El Gordo de la Lotería de Navidad.

Sin embargo, sí que estamos impacientes y deseosos de saber si nos habrá tocado o no, si estaremos entre los elegidos a vivir in situ un día de elecciones en pleno mes de julio, en mitad de las vacaciones de verano.

Hablamos, como no, de las mesas electorales cuyo sorteo empezó el pasado día 22 y se prolongará hasta este miércoles 28 de junio. En 'Fin de Semana' te resolvemos todas las preguntas e inquietudes que tienes a este respecto con la ayuda de Agustín Ruiz Robledo, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada.

  • ¿Cuándo nos notifican que nos ha tocado mesa electoral?

La Legislación establece un plazo de tres días a partir del sorteo, con lo cual a final de semana sabremos si nos corresponde.

  • ¿Cuál es el plazo para poder alegar?

7 días y hay que ir a la Junta Electoral de zona

  • ¿El voto por correo me exime de estar en una mesa electoral?

No, el voto por correo no te exime de ir a una mesa electoral porque la causas están indicadas en la ley orgánica y en las indicaciones de las juntas electorales.

  • ¿Cuáles son las causas por las que me puedo librar de la mesa electoral?

Haber cumplido los 65 años.

Tener alguna incapacidad física, estar de baja laboral o de maternidad.

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Estar embarazada de más de 6 meses o tener un embarazo de riego.

Estar en la cárcel.

Haber formado parte de una mesa electoral, al menos, tres veces en los últimos 10 años.

Tener una orden de alejamiento con algún votante censado en ese colegio

Cambio de residencia a otra comunidad autónoma.

Bodas y otros eventos familiares limitados hasta cierto punto.

Y, en esta ocasión, lo que ha hecho la Junta Electoral Central para estas elecciones es considerar que la persona que tuviera ya contratada unas vacaciones puede ser una causa suficiente para no acudir a una mesa electoral.

  • ¿Qué pasa si no te presentas a la mesa electoral el día de las elecciones?

La persona a la que le haya tocado mesa electoral y no se presente el día de las elecciones puede cometer hasta un delito, la ley establece una pena de prisión de hasta 3 meses. Aunque normalmente no se suele llegar a ese extremo.

Habitualmente se pone una multa de 6 a 24 meses según el salario que tenga cada uno.

Como recuerda Agustín Ruiz Robledo “es una obligación que tiene una sanción”.



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