¿Puede tu casero poner cámaras en la comunidad de vecinos? Esto dice la ley de protección de datos

En 'Herrera en COPE' te explicamos qué requisitos hay que cumplir para instalar cámaras de videovigilancia en vecindario

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¿Qué requisitos hay que cumplir para instalar cámaras de videovigilancia en una comunidad de vecinos?

Redacción Herrera en COPE

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

30.000 euros. Es la indemnización que una gran superficie tendrá que pagar la Cristina Cifuentes por no haber destruido y, además, haber filtrado un vídeo en el que se veía a la expresidenta de la comunidad de Madrid tras haber hurtado unas cremas. La Audiencia de Madrid considera que Cifuentes aparece en una situación íntima y personal y entiende que la empresa que grabó esas imágenes no custodió y destruyó la grabación cómo debería haber hecho.

Una noticia que ha hecho que nos fijemos en que cada día hay más las cámaras en la vía pública, en empresas privadas y también en comunidades de vecinos ¿Qué pueden grabar y qué no? ¿Quiénes pueden visionar esas imágenes? ¿Cuándo se pueden utilizar en un juicio? Al vivir en comunidades cada vez más grandes, de varios edificios y con varios puntos de acceso hacen que sintamos que debemos aumentar la seguridad de nuestro entorno y, por eso, cada vez más comunidades de vecinos se decidan a instalar cámaras de videovigilancia.

Aunque hay algunos vecinos reticentes, otros, como Almudena, que vive en San Sebastián de los Reyes, al norte de Madrid, cree que han ganado en tranquilidad. "Merece la pena perder un poco de intimidad y ganar en seguridad", explica esta vecina.

Requisitos para instalar cámaras de vigilancia en una comunidad de vecinos

Para poder instalar cámaras de videovigilancia en una comunidad de vecinos, como la de Almudena, hay que cumplir una serie de requisitos. Lo primero es el acuerdo de la Junta de Propietarios que debe quedar reflejado en las actas de dicha Junta. Se recomienda que ese escrito recoja algunas de las características del sistema de videovigilancia como, por ejemplo, el número de cámaras o el espacio que van a captar. Una vez determinados todos estos puntos debe votarse y ser refrendado por la mayoría.

Las cámaras solamente podrán captar imágenes de las zonas comunes de la comunidad. No podrán grabarse imágenes de la vía pública, salvo una franja mínima de los accesos al inmueble. También está prohibido captar imágenes de terrenos y de viviendas colindantes o de cualquier otro espacio ajeno a la comunidad, y, por supuesto los vecinos no pueden ver esas imágenes. La ley de protección de datos es muy clara en este aspecto. El acceso a las grabaciones está restringido a las personas designadas por la comunidad que suele ser o el conserje o bien una empresa externa.

¿Puedo negarme a que me graben en mi vecindario?

En el caso de que las imágenes que se utilicen para denunciar delitos o infracciones se tienen que adjuntar con la denuncia y no se pueden destruir porque tienen que ser entregadas a las autoridades policiales o a la Justicia. En 'Herrera en COPE' conocemos más detalles sobre cuáles son nuestros derechos y también nuestras obligaciones cuando somos grabados o cuándo tenemos cámaras de seguridad en nuestra comunidad de vecinos, de la mano de Luis Garcés, abogado, especialista en penal y responsabilidad civil.

Una de las grandes preguntas es qué pasa si han instalado cámaras de vigilancia en mi comunidad y yo estoy en contra. Garcés explica que para la instalación de las mismas "tiene que haber un acuerdo" en el vecindario y tiene que aprobarse en junta. Además, la clave es que estas imágenes no pueden utilizarse en ningún caso, salvo que se haya realizado "una actividad ilícita".

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