¿Puede paralizarse la ley de amnistía? Dos expertos detallan en COPE los plazos y recorrido que tendrá
En 'La Mañana Fin de Semana' dos expertos en Derecho Constitucional explican cuáles son los plazos que seguirá la ley que, en principio, tardará un año en aplicarse
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Con la resaca de la manifestación de este sábado en Cibeles, con cientos de miles de ciudadanos en contra de la ley de amnistía, encaramos una nueva semana con el foco puesto en esa ley.
Este martes comienza su debate en el Congreso. Una norma con forma de proposición de ley y de carácter orgánico, porque afecta a derechos fundamentales.
Y estos detalles son importantes porque nos dan las claves para averiguar cuál es el recorrido que tendrá esta ley a partir de ahora y las opciones que hay para que no se llegue a aplicar.
Y esas opciones se podrían dividir en dos partes. Una primera parte en cuanto a su tramitación parlamentaria. Es decir, las posibilidades que hay para esa ley no se apruebe. Y, en segundo lugar, las opciones que hay una vez aprobada esa ley para que quede sin efecto.
Una tramitación por la vía de urgencia
Empecemos por esa tramitación parlamentaria que, el Congreso la va hacer por la vía de urgencia. El pleno del Congreso aprobará por mayoría absoluta (porque es una ley orgánica) esa ley de amnistía. Puede ser el mismo texto que presentó Patxi López o con enmiendas añadidas. Una vez aprobado, pasa al Senado. Hasta hace unos días, si el Congreso determinaba la urgencia de la ley, la Cámara Alta tenía 20 días para votar a favor o en contra. Ahora ya no.
Isabel Álvarez Vélez, es profesora de Derecho Constitucional de Comillas-ICADE y nos explica que ahora, el PP, ha reformado el Reglamento del Senado, donde tiene mayoría absoluta, para no hacer caso al Congreso y no verse obligado a tramitarlo por la vía de urgencia. "Es la reforma que han hecho, de tal manera que el Senado no queda condicionado por la declaración de urgencia que declare el Congreso".
Es decir, el Senado decidirá en 2 meses desde que se apruebe el texto en el Congreso. Evidentemente el PP con su mayoría absoluta votará en contra. Y en esos dos meses pedirá informes a todas las instancias del Estado que tengan algo que decir: Como el Consejo de Estado, Consejo General del Poder Judicial, Consejo Fiscal, etc. No son vinculantes, pero tampoco carecen de importancia.
"Es cierto que ahí es muy importante, si se van a pedir informes a distintos órganos y se pronuncian acerca de los posibles problemas constitucionales que tenga la norma, es una baza importantísima para ser utilizada ante recursos del Tribunal Constitucional" decía la profesora.
Una vez votado en contra, esa norma volvería al Congreso de los diputados y la mayoría formada por Sánchez, presumiblemente votará a favor y se acabará aprobando. Por tanto, el Partido Popular, lo único que puede hacer es alargar los plazos, pero en ingún caso paralizarlos.
La importancia del Tribunal Constitucional
Y aquí el protagonismo, el foco, nos lleva hasta el Tribunal Constitucional. Será el encargado de decir si esta ley se ajusta o no a derecho. Si es válida o no es válida. Y la manera en la que llega ahí, puede ser diversa. La propia Constitución Española, en su artículo 162 nos dice que: "Están legitimados para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno (que no lo hará), el Defensor del Pueblo (que no lo hará), 50 Diputados (del PP, Vox no tiene), 50 Senadores (igualmente del PP, Vox no tiene) y después, como ya se anunció, presidentes del Gobierno Autonómico, o las propias Asambleas.
Rodrigo Deza, profesor de Derecho procesal de la Universidad Ceu San Pablo y socio del mismo área en el despacho Club Legal, y explicaba en COPE que "Una vez admitido este recurso, se notifica al Gobierno y órganos legislativos para que presenten alegaciones. La sentencia que dicte el Tribunal Constitucional, tendrá plena eficacia vinculando a todos los poderes públicos".
Hay 3 meses para decidir si esa ley sigue adelante o queda toralmente sin efecto.
Aparte, hay otras opciones, pero aquí el poder político tiene poco que decir. Nos vamos a un ámbito más judicial. Como la redacción de lay es tan amplia, alguien, que va a pasar, puede recurrir que X implicado no se puede acoger a esa amnistía. En ese caso, como nos cuenta la profesora de Comillas ICADE, Isabel Álvarez Vélez, el juez del Tribunal Supremo, puede (pero no está obligado) a plantear lo que se conoce como una cuestión de constitucionalidad.
Y esta cuestión, que no es un recurso, tiene efectos y plazos distintos. Por ejemplo, en el momento en el que esta ley se plantee, la ley de amnistía quedará sin efecto, pero no a nivel general
¿Puede Bruselas dejar sin efecto esta ley?
A nivel político, la comisión puede aplicar sanciones pero no dejar sin efecto esta ley. Concretamente del comisario de justicia Didier Reynders, que está bien informado ya de lo que pasa y tiene mecanismo suficientes de controlar al Ejecutivo Español en caso de atacar la separación de poderes.
Y en caso de que esta vía fallase, está la judicial. Cualquier juez del supremo puede preguntar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea si esta ley de amnistía incumple o no las normas comunitarias. Concretamente podría alegar que incumple el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea,, donde dice que "La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos".