Mons. Sebastián Aguilar celebra una misa para los peregrinos españoles en Roma
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El recién creado cardenal, mons. Fernando Sebastián Aguilar celebrará hoy la misa con los peregrinos españoles que se han desplazado a roma para acompañar al Arzobispo emérito de Pamplona y Tudela en la ceremonia de creación de cardenales que tuvo lugar el pasado sábado.
La Santa Misa presidida por mons. Fernando Sebastián tendrá lugar en Santa Lucia in Gonfalone.
El Arzobispo emérito de Pamplona y Tudela se une a los 9 cardenales españoles que, actualmente forman parte del colegio cardenalicio que son:
De entre estos diez cardenales españoles sólo 5 son electores (menores de 80 años): mons. Santos Abril, mons. Carlos Amigo (que cumplirá 80 años en los próximos meses dejando así de ser cardenal elector), mons. Antonio Cañizares, mons. Lluís Martínez Sistach y mons. Antonio María Rouco Varela.
A partir del siglo VI, se denomina ya cardenales a los obispos, presbíteros y diáconos de la diócesis de Roma que que están al frente de una sede suburbicaria, de una iglesia o de una diaconía, respectivamente. Desde el siglo VIII, este título se reserva a los sacerdotes que forman parte del clero de la Iglesia Catedral y que actúan como consejo o senado del obispo. En el siglo XI, el Papa León IX, hace exclusiva la facultad de elegir al Romano Pontífice a los cardenales, esto es, a los citado clérigos, divididos en los tres órdenes citados, y que formaban parte del clero catedralicio romano. El Papa se reserva la facultad de nombrar cardenales y se amplía el ámbito geográfico de los nombrados.
Entre los siglos XIII al XVI, el número de cardenales suele ser de 30. En la Constitución "Postquam verus" de 3 de diciembre de 1586 del Papa Sixto V se fija un número máximo de 70 cardenales, que empieza ya a contar con una mayor presencia de la universalidad de la Iglesia. Los cardenales podían ser laicos, sacerdotes u obispos. El Papa Juan XXIII, mediante el Motu Proprio "Cum gravisima", establece que todos los Cardenales deben ser obispos, manteniendo el número de 70 cardenales y ampliando su universalidad.
El Papa Pablo VI, con el Motu Proprio "Ad purpuratorum patrum", de 11 de febrero de 1965, determinó el puesto de los patriarcas orientales en el Colegio cardenalicio. Con el Motu Proprio "Ingravescentem aetatem", de 21 de noviembre de 1970, Pablo VI dispuso que al cumplir los 80 años los cardenales perdían la condición de electores en caso de cónclave. Este mismo Papa, en el consistorio secreto del 5 de marzo de 1973, estableció que el número máximo de cardenales electores fuera de 120 sin limitar el número total de cardenales.
El Papa Juan Pablo II, mediante la Constitución Apostólica "Universi Dominici gregis", de 22 de febrero de 1996, en que reforma algunas disposiciones y praxis de cara al cónclave, mantiene las decisiones adoptadas por su antecesor Pablo VI sobre la pérdida de la condición de cardenal elector al rebasar los 80 años y sobre el número máximo de 120 cardenales electores, si bien, a título de excepción y en virtud de su condición de Legislador Supremo de la Iglesia, tras los Consistorios de 1998, 2001 y 2003 se superó teóricamente este número, si bien no hubo, como es obvio, cónclave.
En la actualidad, el Colegio Cardenalicio cuenta con un total de 218 cardenales de los cuales 122 son electores y 96 no electores.