"No puede reducirse a la mujer como mera incubadora": los obispos, contra los vientres de alquiler

La Asamblea Plenaria aprueba una nota en la que condena que la gestación subrogada es "una nueva forma de explotación de la mujer, contraria a la dignidad de la persona humana"

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Sara de la Torre

Publicado el - Actualizado

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"La maternidad por subrogación es, inequívocamente, una nueva forma de explotación de la mujer, contraria a la dignidad de la persona humana, pues usa el cuerpo femenino, y toda su persona, reduciéndola a ser una incubadora humana". Así lo han expresado los obispos españoles en una nota presentada por la Comisión Episcopal para los Laicos, Familia y Vida y aprobada por la Asamblea Plenaria.

"Como pastores tenemos que dar respuesta"

"Como pastores tenemos que dar respuestas. Y ante un debate social que se ha generado al respecto, teneos que afirmar que en toda maternidad subrogada hay una fecundación artificial heteróloga que “es contraria a la unidad del matrimonio, a la dignidad de los esposos, a la vocación propia de los padres y al derecho de los hijos a ser concebidos y traídos al mundo en el matrimonio y por el matrimonio”. "Recordemos que el fin nunca justifica los medios y que toda persona humana es fin en sí mismo. Negar estas verdades nos llevaría a afirmar que todo lo técnicamente posible se puede realizar y a legitimar la cosificación y el uso de unas personas por otras".

A todo lo anterior se añade, que con el llamado “útero de alquiler” se convierte la maternidad en objeto de comercio, que se compra y se vende. La mujer queda reducida a un simple instrumento, un “útero” a disposición del contratante, abriendo el camino a la explotación y a la comercialización de la persona humana. El contrato se culmina con la entrega del niño. Como afirma el Papa Francisco: “la dignidad del hombre y de la mujer también se ve amenazada por la práctica inhumana y cada vez más extendida del “vientre de alquiler”, en la que las mujeres, casi siempre pobres, son explotadas, y se trata a los niños como mercancías”.

La vida como don y el interés superior del menor

a Iglesia reconoce la legitimidad del deseo de un hijo, y comprende los sufrimientos de los cónyuges afligidos por el problema de la infertilidad. Sin embargo, ese deseo no puede ser antepuesto a la dignidad que posee cada vida humana hasta el punto de someterla a un dominio absoluto. El deseo de un hijo no puede justificar la “producción” del mismo, así como el deseo de no tener un hijo ya concebido no puede justificar su abandono o destrucción”.

No existe un “derecho a la procreación” y por tanto un “derecho al hijo”. La voluntad reproductiva no puede anular la gestación ni la maternidad. Recordemos lo que afirma la Conferencia Episcopal Española al decir que “La separación entre procreación y sexualidad representa una herida profunda a la naturaleza humana y a la familia. A la naturaleza, porque transforma al hijo en un producto, insinuando la idea de que la vida pueda ser una producción humana. A la sociedad, porque la nueva vida presupone solo una capacidad técnica y no un contexto de amor de esposos que quieren ser padres… La familia natural es así deconstruida y reconstruida artificialmente de muchas formas, siguiendo los deseos de cada individuo”. Esto implica que hay que favorecer “los derechos del niño a una familia compuesta por un hombre y una mujer unidos por un pacto duradero de amor recíproco”.

El bien del niño

Ninguna vida humana debe ser considerada como un producto o un bien de consumo. La vida de ningún niño nunca debe ser tratada como algo sometido al tráfico y al comercio. Debería buscarse en primer lugar el bien del menor, y no que éste quede supeditado al deseo de los comitentes y a su decisión. Por otro lado, la posibilidad de abandono de niños (real, sucedida en algunos países por partos gemelares, por patología o por preferencia de sexo), supone una grave marginación que atenta contra el principio de no discriminación del menor o de toda persona discapacitada.

También debemos tener presente que cada vez aparecen más datos científicos destacando la importancia que para la salud física y psicológica tiene la relación materno filial en la gestación. Esto, por el bien del niño, nos obliga a ser aún más precavidos a la hora de aprobar los úteros del alquiler.

Hay que priorizar el bien de los niños gestados por la maternidad subrogada, buscando la mejor solución acerca de su estatus jurídico, siendo conscientes que tienen toda la dignidad y merecen ser acogidos y respetados. Un niño, independientemente de cómo haya sido concebido, ha de ser amado y respetado en sus derechos.

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