Disparidad entre las autonomías a la hora de limitar los aforos de las iglesias: consulta cada territorio

En Castilla y León no se admiten más de 25 personas en los actos de culto, mientras en determinadas parroquias de Cataluña se pueden llegar a 500

Disparidad entre las comunidades autónomas a la hora de limitar los aforos de las iglesias

Redacción Religión

Publicado el - Actualizado

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Las restricciones que las comunidades autónomas han tenido que endurecer en las últimas semanas tras el aumento de contagios de covid-19 como consecuencia de las fiestas navideñas ha afectado a algunos sectores más que otros. Sin duda, el de la hostelería ha sido de las más afectadas.

En el ámbito de las iglesias, la pandemia afectan también desde el primer momento en lo que se refieren a los aforos. Especial malestar ha causado las limitaciones de personas en los templos en Castilla y León, donde las diócesis se han mostrado contrarias a la medida impulsada por el Gobierno autonómico, por la que prohíbe la participación de más de 25 personas en celebraciones religiosas, sin tener en cuenta las dimensiones de la iglesia, o sin diferenciar entre espacios cerrados y libres.

Pero esta rareza no solo se da en Castilla y León, ya que en determinados municipios de Cantabria, el número máximo de asistentes es de diez personas. Nada que ver con lo que ocurre por ejemplo en Cataluña, donde si la Eucaristía se celebra al aire libre o en espacios cerrados pero cumpliendo las medidas de ventilación, se podrían llegar a las mil personas como máximo.

En Aleluya, repasamos cómo son las restricciones en los lugares de culto en cada comunidad autónoma.

Andalucía

Actualmente, las iglesias en Andalucía no pueden superar el 30% del aforo. En cuanto al cierre, coincide con el horario del toque de queda, a las 22h de la noche. Las últimas medidas impulsadas por el Gobierno andaluz, como prohibir la venta de alcohol a partir de las 18h, mantener el cierre de la hostelería a esa hora o reuniones máximas de cuatro personas, no afectan a la apertura y cierre de los templos.

Aragón

A diferencia de otros territorios, el aforo máximo en los templos de la comunidad aragonesa es de un cuarto (25%). Además, está prohibido cantar durante las misas y oficios religiosos,

Asturias

El aforo máximo en los templos es del 50%.

Baleares

Los fieles que deseen acudir a las iglesias de Baleares podrán realizarlo, pero en ningún caso se podría superar el 30% de la capacidad total del templo.

Canarias

Un tercio es lo máximo que las autoridades canarias permiten en las iglesias de las 'islas afortunadas'. Esto es un total del 33% del aforo.

Cantabria

En los espacios cerrados, las iglesias de Cantabria pueden contar hasta con un tercio del aforo. Sin embargo, en determinados pueblos esta limitación es de un máximo de diez personas.

Castilla-La Mancha

Se permite la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 33% de la capacidad.

Castilla y León

Como comentábamos al principio, la Junta de Castilla y Léon ha limitado a un máximo de 25 personas las que pueden asistir a los oficios religiosos en catedrales, parroquias, capillas y ermitas. Es decir, la misma cifra con independencia de si es al aire libre o cerrado.

Los obispos de las diferentes diócesis de la región han mostrado su desacuerdo con esta medida por no respetar el criterio de proporcionalidad de otras comunidades autónomas.

Cataluña

Los actos y ceremonias religiosas, incluidas bodas, templos y ceremonias fúnebres, tienen que limitar la asistencia al 30% del aforo y a un máximo de mil personas, siempre que sean al aire libre o en espacios cerrados donde se apliquen las medidas de ventilación reforzada, el control de accesos y aglomeraciones.

En el resto de actos y ceremonias se mantiene el 30% del aforo y se incorpora la referencia de un máximo de 500 personas.

Ciudad autónoma de Ceuta

Se limita la permanencia de personas en lugares de culto a un 33%, con un máximo de 75 personas.

Ciudad autónoma de Melilla

Se limita a un máximo de un 33%.Melilla decretó durante el mes de febrero el cierre de las iglesias los domingos (día de mayor afluencia de fieles en las parroquias) desde las ocho de la mañana y hasta las doce de la noche en la ciudad autónoma, para de esta manera contribuir a contener la pandemia.

Una decisión que se ha hecho extensiva a las mezquitas los viernes y a las sinagogas los sábados. La medida no ha estado exenta de polémica, ya que desde la Vicaría Episcopal se advierte que la decisión incumple la ley. Así se lo transmitió al presidente de la Ciudad Autónoma, Eduardo de Castro, a través de una carta que le envió el vicario Eduardo Resa.

Comunidad de Madrid

En la Comunidad de Madrid, los templos deberán cerrar a las 21:00 horas. Los sacerdotes podrán seguir prestando atención religiosa de urgencia como la unción de los enfermos. Las zonas básicas confinadas y los municipios con estas restricciones deberán reducir el aforo de los templos a un tercio, mientras que en el resto de la región se mantiene al 50% del aforo.

Comunidad Valenciana

En este caso, el aforo es del 30% en el interior de los lugares de culto.

Extremadura

La limitación de aforo en los lugares de culto será del 40%, incluidos los supuestos en los que en estos se oficien ceremonias nupciales u otras celebraciones religiosas específicas.

Galicia

El aforo de los lugares de culto sigue siendo en los ayuntamientos sin restricciones del 50%, mientras que en los que tienen restricciones es del 33%.

La Rioja

El aforo de los lugares de culto es del 33%.

Navarra

Entre las nuevas medidas, se disminuye del 75 al 50% el aforo máximo en lugares de culto.

País Vasco

Limitación del máximo de aforo en centros de culto en un 35%.

Región de Murcia

No se podrá superar el 50% de aforo en espacios cerrados.

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