Sanidad limita a un tercio el aforo en las iglesias en territorios con más casos de covid-19

Los velatorios tendrán un aforo máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados

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Redacción Religión

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Las restricciones aprobadas en el BOE de hoy, 1 de octubre, contemplan una reducción del aforo en el culto de un tercio, siempre que se garantice una separación de, al menos, 1,5 metros entre cada persona. Es una de las medidas aprobadas y que serán, según el Ministerio de Sanidad, de obligado cumplimiento en los municipios que cumplan las condiciones señaladas.

También se refiere el BOE a los velatorios, que tendrán un aforo máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, «sean o no convivientes». La comitiva para el enterramiento será de quince personas como máximo.

El BOE notifica que las disposiciones son de obligado cumplimiento y que las comunidades autónomas deben aplicar las restricciones en un plazo de 48 horas desde la notificación. Tanto si esa notificación se produjo ayer por la tarde, como si se interpreta que ha dado hoy a través del BOE, las limitaciones a la movilidad deberían aplicarse antes del fin de semana según lo expresado en el BOE, a no ser que hay alguna novedad al respecto.

Actualmente, son diez municipios, todos de la Comunidad de Madrid, los que cumplen todas las condiciones para aplicar estas restricciones. Se trata de Madrid, Fuenlabrada, Parla, Alcobendas, Torrejón de Ardoz, Getafe, Alcorcón, Leganés, Móstoles, y Alcalá de Henares. Todos ellos tienen más de 100.000 habitantes y una tasa de incidencia mayor a 500 casos de coronavirus por 100.000 habitantes en los últimos 14 días. Por tanto, las restricciones afectarán a territorios de la archidiócesis de Madrid y a las diócesis de Getafe y Alcalá de Henares.

Además, la orden recogida en el BOE señala otros criterios, que también se cumplen en estos municipios. En concreto, más de un 10% de las pruebas diagnósticas de covid-19 sean positivas, y que la ocupación de las UCI sea superior al 35% en la comunidad autónoma a la que pertenece el municipio.

Con ello, el Gobierno pretende controlar la expansión del coronavirus y reducir la presión asistencial sobre el sistema sanitario. Según el Ministerio que dirige Illa, todas estas actuaciones son proporcionadas y avaladas por razones y criterios de carácter epidemiológico y sanitario.

No obstante, el Ministerio precisa que estas medidas no serán de aplicación si, al menos, el 90 por ciento de los casos detectados en el municipio se corresponden con brotes no familiares perfectamente identificados y controlados, y si estos han sido convenientemente comunicados al Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias del Ministerio de Sanidad.

Por otro lado, en municipios con más de 500 casos por 100.000 habitantes, como podría ser el caso de Madrid y otras localidades de la Comunidad que superan esta cifra, se restringen las entradas y salidas de los núcleos urbanos sin motivo de fuerza mayor, se limitan las reuniones a seis personas, se limitan los aforos en hostelería y comercio al 50% y se cierran los parques infantiles.

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