Hacienda avisa: Este es el impuesto que los jubilados de más de 65 años se libran de pagar

Los jubilados por su condición de pensionistas y si reúnen determinados requisitos, están exentos del pago de algunas tasas.

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María Bandera

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Llegar a la jubilación tiene sus ventajas. Disfrutar del descanso merecido tras años de trabajo es una de ellas, pero también el acceso a una pensión pública garantizada por el sistema de la Seguridad Social, diseñada para proporcionar ingresos regulares tras el retiro laboral. 

También permite gozar de determinados beneficios sociales, como acceso a servicios de salud gratuitos o subvencionados, descuentos en transporte público, actividades culturales, o programas específicos como los populares viajes del Imserso. 

ventajas fiscales

Los jubilados también tienen sus ventajas a nivel fiscal. De entrada, las pensiones de jubilación de la Seguridad Social se reconocen como rendimientos del trabajo, al igual que el salario o el paro y por tanto cuentan con su retención correspondiente en el  Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).  No obstante, por lo general, estas retenciones a pensionistas suelen ser algo inferiores a las de cualquier trabajador asalariado.  

Sin embargo, hay pensiones que se quedan al margen de tributar en el IRPF.  Es el caso de aquellas personas reconocidas por la Seguridad Social con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez o por clases pasivas como consecuencia de inutilidad o incapacidad permanente. 

Además existe un mínimo exento que se ha actualizado en 2024 hasta los 15.867 euros. A efectos prácticos, esto quiere decir que "una pensión de jubilación que no alcance esa cifra no incluiría retención alguna. Y es que, esos 15.867 euros marcan la cantidad exenta de pagar impuestos en la renta", según explica Mapfre. 

Hay que tener en cuenta que la pensión media de jubilación en España, que reciben más de dos tercios de los pensionistas, un total de 6,4 millones de personas, está en los 1.445,75  euros, que multiplicado por doce mensualidades, alcanza los 17.340 euros. 

Anciano

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Pero cuidado porque hay otros impuestos que los pensionistas por su situación no tienen que pagar. Una de ellos está relacionado con la venta de su vivienda, siempre que sea en la que residen de forma habitual.

De esta manera, no tienen que declarar la ganancia patrimonial derivada de la transmisión, "onerosa o lucrativa" de este bien, según deja claro la Agencia Tributaria. 

Y ojo porque la exención de la ganancia "se aplica tanto si la vivienda habitual se transmite a cambio de un capital como si lo es a cambio de una renta, temporal o vitalicia". 

También en caso de que la transmisión sea de la nuda propiedad de la vivienda habitual por su titular mayor de 65 años.

Al nuda propiedad implica la titularidad de una casa, pero sin el derecho a su uso y disfrute. Es el caso de optar por vender esa propiedad a un tercero, que será su propietario pero que no podrá disfrutarla hasta el fallecimiento del usufructuario. Es decir, la venta de la nuda propiedad permite a los mayores obtener liquidez sin abandonar su hogar.

Aunque suene extraño, la nuda propiedad de viviendas sigue ganando relevancia en España, consolidándose como una opción en crecimiento constante desde 2020. A finales de 2023, alcanzó el mayor volumen de transacciones en casi una década. 

Este modelo especialmente atractivo en el mercado inmobiliario residencial, está ganando popularidad entre las personas mayores, quienes enfrentan gastos elevados asociados a sus viviendas y, en algunos casos, cuentan con recursos o pensiones limitadas. 

Y atención porque si se da la casualidad de que la casa vendida  pertenece a diferentes propietarios, solo se podrá beneficiar de esta  exención fiscal,  la parte proporcional del propietario que sí que hay cumplido los 65 años.

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