Antonio Fernández, condenado a 7 años y 11 meses de prisión
También ha sido condenado a 19 años, 6 meses y 1 día de inhabilitación para ocupar cualquier cargo público
Publicado el - Actualizado
2 min lectura
La Audiencia de Sevilla ha condenado a Antonio Fernández, exconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía, a 7 años, 11 meses y 1 día de cárcel por malversación en el caso de los ERE al certificar "su participación directa" en la disposición de fondos públicos con "fines ajenos al que estaban destinados".
Fernández, al que la Sección Primera ha impuesto 19 años, 6 meses y 1 día de inhabilitación por prevaricación, también "permitió" que el director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, dispusiera de esos fondos vinculados al programa 31L, según el resumen de la sentencia facilitado a Efe por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). La Sala concluye que el exconsejero era conocedor de que ese alto cargo "no era competente para dar las ayudas".
La sentencia recuerda que mientras Fernández fue viceconsejero de Empleo, entre 2000 y 2004, se tramitaron las modificaciones presupuestarias que "introdujeron el uso inadecuado de las trasferencias de financiación", lo que "suponía dejar de cumplir los requisitos de la normativa de subvenciones" y dar ayudas "al margen de este procedimiento".
Como presidente del Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), entre 2001 y 2003, firmó el convenio marco de 17 de julio de 2001 e "impartió directrices sobre su aplicación" a Guerrero, además de firmar "convenios de colaboración" con el director general y ordenar a Trabajo que pagara ayudas al IFA.
Como viceconsejero intervino en la elaboración de varios presupuestos, como los de 2002, en los que "se incluyó el uso de la transferencia de financiación al IFA dentro del programa 31L, a sabiendas de que su finalidad era la concesión de subvenciones de la Consejería de Empleo". Fernández, además, "firmó los acuerdos para llevar a cabo las transferencias de financiación al IFA por delegación del consejero", continúa el ponente, Juan Antonio Calle Peña.
Ya como consejero de Empleo, cargo que ocupó entre 2004 y 2010, Fernández "siguió haciendo este uso inadecuado de las transferencias de financiación". También tomó "decisiones tan importantes" como la del Consejo Rector del 27 de mayo de 2003, que "implantó el criterio de calcular las ayudas sociolaborales por lo que iba a recibir cada trabajador y no por el conjunto, aun cuando se pagase y se firmase el convenio por la totalidad o una parte". Con este método "se evitaba la deliberación y votación de toda ayuda que superase los 1.200.000 euros, así como su ratificación por el Consejo de Gobierno".
En julio de 2005, según el tribunal, Fernández recibió un informe que denunciaba que la Dirección General de Trabajo había "tramitado subvenciones excepcionales prescindiendo de forma total y absoluta del procedimiento administrativo establecido". Fernández también "tuvo conocimiento del déficit de la agencia IDEA", que reflejaba que Trabajo "comprometía ayudas por un montante global superior" al de las transferencias anuales al IFA, y del déficit de la Consejería "concretamente en el programa 31L". "El encausado era plenamente consciente de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participó", sentencia la Sala.