Juristas critican los decretos leyes de Sánchez por no ajustarse al texto constitucional

Profesores universitarios consultados por Cope.es cuestionan la "extraordinaria y urgente necesidad" que exige la Constitución para promulgarlos

Juristas critican los decretos leyes de Sánchez por no ajustarse al texto constitucional

Marcelino Abad

Publicado el - Actualizado

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El 97 por ciento de todas las iniciativas aprobadas a iniciativa del PSOE desde que Sánchez ganó la moción de censura han sido reales decretos leyes, frente a un solo proyecto de ley. La debilidad parlamentaria del partido de gobierno, que cuenta tan solo con 84 diputados, ha abocado a Pedro Sánchez a acudir a esta figura. Incluso con las Cortes disueltas y hasta las elecciones, el Ejecutivo seguirá aprobando decretos leyes.

Aunque el Gobierno defiende que “no se está haciendo un uso abusivo” del decreto ley ya que todos “respetan los límites constitucionales", expertos jurídicos consultados por Cope.es cuestionan, al menos, la perversión de su naturaleza.

EXTRAORDINARIA Y URGENTE NECESIDAD

En este sentido se pronuncia el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela, Carlos Ruiz Miguel, que explica que "la Constitución establece claramente en el artículo 86 que el Gobierno solo podrá dictar estas disposiciones en caso de extraordinaria y urgente necesidad".

Advierte, no obstante, que la cláusula de “extraordinaria y urgente necesidad” en modo alguno es una "expresión vacía" que autorice al Gobierno a fijar sin restricciones los supuestos que caben bajo su paraguas, sino que es la constatación de un límite jurídico.

Ruiz Miguel pone en duda que este presupuesto se cumpla, por ejemplo, con el nuevo decreto de alquileres que recoge, entre otras cuestiones, la ampliación de la duración mínima de los contratos de 3 a 5 años . "El Pleno del Congreso ya rechazó el primer decreto ley del alquiler. Si el Gobierno envía uno nuevo para su convalidación, no parece que la situación sea de extraordinaria y urgente necesidad para la Cámara", explica. “¿Qué ha cambiado en este tiempo que justifique la urgencia?”, se pregunta el catedrático.

A su juicio, los diferentes Gobiernos han abusado de esta figura. El jurista sitúa la expropiación de Rumasa como el momento político que permitió un uso más amplio del decreto ley. En 1983 el Tribunal Constitucional desestimó por una ajustada votación el recurso de inconstitucionalidad del Grupo Popular contra esta disposición del Gobierno socialista sobre la base de que el sistema financiero español se encontraría en grave peligro si no se hubiese producido la expropiación.

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

El catedrático explica que el Tribunal Constitucional puede, "en supuestos de uso abusivo o arbitrario", rechazar la definición de "extraordinaria y urgente necesidad" del Gobierno. En consecuencia, está facultado para declarar la inconstitucionalidad del decreto ley por inexistencia del presupuesto del que parte.

El problema que generan estas situaciones es que la sentencia del Tribunal Constitucional puede “llegar tarde”, esto es, cuando “el efecto político ya se ha conseguido”. Y es que, los decretos leyes deben ser inmediatamente sometidos a debate y a una votación de totalidad en el Congreso, sin posibilidad de introducir enmiendas, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación.

A pesar de que el Boletin Oficial del Estado recogió el martes la convocatoria electoral con la disolución de las Cortes, el Gobierno seguirá aprobando decretos leyes hasta las elecciones del 28 de abril. Será la Diputación Permanente del Congreso, encargada de velar por los poderes de la Cámara cuando no está reunida, la que deberá convalidarlos.

CRÍTICAS DE LA OPOSICIÓN

Esta decisión ha provocado las críticas de la oposición. El PP acusa a Sánchez de ir contra la “neutralidad institucional” y de hacer un "uso electoralista" del Consejo de Ministros, mientras Cs argumenta que está jugando con políticas de Estado en beneficio propio.

Daniel Berzosa, profesor de Derecho Constitucional y abogado, explica que mientras el Gobierno está en funciones, sus posibilidades de actuación son limitadas ya que se reducen a cuestiones “de trámite” o gestión diaria.

Precisamente, con la determinación del Ejecutivo de seguir aprobando decretos leyes hasta los comicios generales, la presidenta del Congreso, Ana Pastor, deberá convocar a la Diputación Permanente para proceder a su convalidación.

El jurista critica que la Constitución da la opción de tramitarlos como proyecto de ley, pero esto con la Diputación Permanente no se puede hacer ya que las Cortes están disueltas.

DECRETO QUE AMPLÍA EL PERMISO DE PATERNIDAD

A juicio de Berzosa, la extraordinaria y urgente necesidad que motiva el decreto ley que amplía la baja por paternidad de cinco a ocho semanas es discutible. “Al estar justificado su uso por la urgencia, la entrada en vigor de las medidas debe ser inmediata”. Sin embargo, este real decreto ley entró en vigor este 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, pese a su publicación el jueves en el BOE y a su aprobación en el Consejo de Ministros de la semana pasada.

El Gobierno, sin embargo, ha aplazado al 1 de abril la medida más importante, que es la ampliación del permiso de paternidad a ocho semanas. Y no será hasta 2021 cuando se equipare de forma gradual la baja de paternidad y la de maternidad a 16 semanas.

La publicación en el BOE de este decreto ley, que contiene una de las medidas estrellas del PSOE, fue retrasada en dos ocasiones tras su aprobación en el Consejo de Ministros del viernes 1 de marzo. Inicialmente, el Gobierno informó de que el decreto ley se reflejaría en el BOE el martes 5 de marzo con el objetivo de que entrase en vigor el miércoles. Sin embargo, el decreto no fue publicado y el Gobierno alegó que se haría el miércoles, lo que tampoco se cumplió. El último retraso fue atribuido a la existencia de un "error en el texto que no pudo ser corregido a tiempo”.

RENDICIÓN DE CUENTAS AL NUEVO CONGRESO

Miguel Presno Linera, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Oviedo, señala que la Diputación Permanente tendrá que hacer “lo mismo” que el Congreso, esto es, “debatir sobre su convalidación o no”. En jurista advierte que en todo caso los decretos leyes del Gobierno deben respetar la cláusula de “extraordinaria y urgente necesidad” para que sean admisibles.

En cualquier caso, de todo lo que haga la Diputación Permanente deberá dar cuenta al Congreso de los Diputados una vez constituidas las Cortes, lo que ocurrirá el próximo 21 de mayo, día en el que está ya fijada la jornada de constitución de las Cámaras.

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