La regulación de la objeción de conciencia frente a la eutanasia: nueva batalla entre la comunidad médica
Varias son las cuestiones con las que ha chocado de manera frontal la entrada en vigor de una ley que necesitó de un bronco debate en el Congreso antes de su aprobación
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Desde el pasado viernes 25 de junio es posible pedir en España la llamada prestación de la ayuda parar morir. La ley de eutanasia recoge que esta práctica se podrá llevar a cabo en España a pacientes que los soliciten y que se encuentren en un contexto de "padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable". Un paso que ha dado el Gobierno sin consenso con la opinión, en contra de la Organización Médica Colegial, el Comité Español de Bioética e incluso con el rechazo del Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.
Varias son las cuestiones con las que ha chocado de manera frontal la entrada en vigor de una ley que, tras un bronco debate en el Congreso, fue aprobada con 198 votos a favor, 142 en contra y dos abstenciones. El vacío en el manual de buenas prácticas, la inexistencia del registro de objetores de conciencia o la falta de formación entre los encargados del proceso, es decir, entre los médicos, son algunas de esas cuestiones que siguen sin definirse entre los Colegios de Médicos.
De hecho, entre las cuestiones que mayor malestar ha generado entre la familia de los facultativos es la falta de preparación para llevar a cabo algo para lo que nunca se formaron como médicos y que se aparta diametralmente de sus códigos de deontología profesional.
Y es que la eutanasia, según refleja el código deontológico de los profesionales sanitarios, no es una práctica médica. Su aplicación, sin embargo, no será tarea fácil.
El propio Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM), según ha publicado el diario ABC, ya advirtió en su momento al Gobierno de coalición que "la creación de un registro de objetores a la eutanasia –como prevé la ley orgánica– era inconstitucional, ya que la Carta Magna exime a los ciudadanos de la obligación de tener que declarar sobre su ideología, religión o creencias".
Varias comunidades autónomas, sumidas en torno a esta polémica, ya han anunciado la creación de estos listados incluso a nivel autonómico, como los profesionales sanitarios solicitaban como 'un mal menor' que les evite aplicar la eutanasia.
En declaraciones a ABC, el presidente de la Comisión Central de Deontología de la OMC, Juan José Sendín, considera que una regulación general de la objeción de conciencia "daría seguridad jurídica a los profesionales sanitarios no solo con respecto a la eutanasia o al aborto sino frente a otras muchas cuestiones que pueden ser objeto de objeción durante la práctica médica y que ahora solo consiguen resolverse en los tribunales". Para el doctor, tanto en la ley del aborto como en la del derecho a morir "hay cuestiones que quedan pendientes porque no están suficientemente aclaradas y crean inseguridad". Sendín recuerda -además- que la Unión Europea ha indicado en este sentido la necesidad de regular la objeción de conciencia en el ámbito sanitario. España se encuentra entre los países que no ha cumplido con esta directriz comunitaria.
Ángel Hernández Gil, presidente de la Comisión Deontológica del Consejo Andaluz del Colegio de Médicos, declaró en ‘Herrera en COPE’ que se trata de un procedimiento "aterrador". El hecho de que "una persona solicite ingresar en un centro socio sanitario porque tenga un déficit de sus actividades básicas de la vida diaria y va a estar tres cuatro años de media en lista de espera y, sin embargo, si solicita la eutanasia en 40 días, sin control judicial alguno, puedes conseguir que acaben con tu vida", apuntó Hernández Gil.